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Una juez anula el nombramiento de cinco jefes en el Hospital Virgen del Rocío

El tribunal considera ilegal la convocatoria para puestos en Unidades de Gestión Clínica

N. Márquez

14 de junio 2011 - 05:03

Una sentencia del juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 12 anula el nombramiento, a través de libre designación, de cinco puestos de jefe de Unidades de Gestión Clínica en el Hospital Virgen del Rocío. La parte demandante, el sindicato de Enfermería Satse, explica que "la convocatoria de jefes de bloque debe realizarse por concurso de méritos y no por el sistema de libre designación".

Para el Satse, "esta sentencia deja en evidencia el sistema de las Unidades de Gestión Clínica que quiere imponer el Servicio Andaluz de Salud (SAS) y la Consejería de Salud". Esta central considera que "se está actuando de forma irregular para imponer el sistema de las Unidades de Gestión Clínica que favorece el enchufismo e introduce elementos privatizadores".

El decreto en fase de borrador que prepara la Junta de Andalucía prevé la reorganización de la gestión hospitalaria a través de la creación de Unidades Clínicas de Gestión concebidas como entidades autónomas que agrupan a varios servicios asistenciales de un mismo hospital o de varios. Este nuevo sistema que la Junta espera implantar afronta el rechazo frontal de los sindicatos Satse, CCOO, CSIF, UGT y Sindicato Médico. Estas centrales remitieron el pasado 9 de junio un escrito dirigido a la dirección gerencia del SAS para exigir la retirada de borrador del decreto que "supondría un ataque contra la Sanidad Pública de Andalucía y, en consecuencia, un grave perjuicio para los ciudadanos de la comunidad autónoma".

La sentencia dictada ahora que anula los cinco cargos nombrados en el Virgen del Rocío para ocupar puestos en las polémicas Unidades de Gestión Clínica estima "un fraude de ley" apelar a la figura de libre designación, que se basa en conceptos de "provisionalidad y excepcionalidad para llevar a cabo la creación de facto de las plazas que están siendo convocadas". La magistrada entiende que los cinco nombramientos demandados por el Satse no tienen "carácter de provisionalidad alguno y para realizar funciones que ni deben tenerse como imprescindibles de cubrir urgentemente, al referirse a unas Unidades de Gestión Clínica en la atención especializada que carecen de fundamento legal".

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