¿Hasta cuándo es obligatorio el uso de mascarilla en los centros sanitarios de Sevilla?

El uso obligatorio de la mascarilla se ha implantado desde este miércoles 10 de enero en todos los centros sanitarios

Sanidad implantará el miércoles la obligatoriedad de la mascarilla en hospitales y centros sanitarios

Una paciente lee un cartel antes de pasar a la consulta médica
Una paciente lee un cartel antes de pasar a la consulta médica / EFE

Desde este miércoles es obligatorio, de nuevo, el uso de la mascarilla en los centros sanitarios. Desde el Gobierno Central se ha implementado esta nueva medida debido a la cantidad de contagios tanto de gripe A como de Covid-19, por esta razón todas las personas que acudan a un hospital, un centro de salud o cualquier tipo de centro sanitario deberán llevar una mascarilla puesta durante su estancia. Una vez que se salga a la calle, los ciudadanos podrán decidir si seguir llevándola o si por el contrario, prefieren quitársela.

Esta medida por el momento no tiene una fecha determinada para retirar esta nueva norma, así que se espera que pueda durar al menos hasta que empiecen a bajar los casos de contagios de gripe y de covid. Puede ser determinante el frío que hace tanto en Sevilla como en el resto de España, que aunque ya se sabe que el frío no resfría, sí que es cierto que favorece que muchos virus permanezcan en el aire, por lo que es más fácil contagiarse. Esto sumado a la poca ventilación actual de las casas y los establecimientos por las temperaturas tan bajas, hace que puedan convertirse en focos de propagación de virus.

Sanidad ha querido también puntualizar que en lugares como residencias o farmacias también será obligatorio llevar puesto la mascarilla debido a la cantidad de nuevos contagios de infecciones por virus respiratorios.

Sanidad ha materializado así su decisión de echar mano de la declaración de actuaciones coordinadas contemplada en el artículo 65 de la Ley de Cohesión y Calidad del Sistema Nacional de Salud (SNS), con la intención de unificar la protección de los ciudadanos independientemente de donde vivan, además de dar un soporte jurídico a las comunidades que sí que han optado por hacerla obligatoria.

De acuerdo con este precepto, la declaración de actuaciones coordinadas en salud pública corresponde al Ministerio de Sanidad, previo acuerdo del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud, con audiencia de las comunidades directamente afectadas, salvo en situaciones de urgente necesidad, "en cuyo caso se tomarán las medidas que sean estrictamente necesarias y se le informará de manera urgente de las medidas adoptadas".

Esta declaración, que "obliga a todas las partes incluidas en ella", debe "responder a situaciones de especial riesgo o alarma para la salud pública", entre otros supuestos.

Con esta medida se pretende que no haya un colapso en la sanidad pública y que también se cuide y apoye a la comunidad sanitaria que trabaja a diario con personas enfermas.

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