Los juzgados acumulan casi 8.000 sentencias sin ejecutar

Tras el caso Mari Luz y a raíz de las reformas legales sobre seguridad vial han subido en más de un millar los asuntos que llegan a estos órganos en un solo trimestre

Jorge Muñoz

31 de octubre 2008 - 05:03

Los juzgados de lo Penal de Sevilla tienen actualmente pendientes de ejecutar 7.899 sentencias, según los últimos datos del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) correspondientes al segundo trimestre de este año, precisamente cuando se produjo el escándalo por los errores en la tramitación de la causa contra Santiago del Valle, el presunto asesino de la pequeña Mari Luz Cortés.

Las casi 8.000 resoluciones firmes y que están en trámite de ejecución representan un "espectacular" incremento con respecto al mismo período del año pasado, según confirmó ayer el decano de los jueces de Sevilla, Federico Jiménez Ballester. En el primer trimestre de 2007, el número de sentencias pendientes de ejecutar era de 6.706, con lo que ahora hay 1.193 más que el pasado año. Si se hace la proyección anual, cada uno de los 13 juzgados penales que hay en Sevilla podría ver incrementado el número de resoluciones sin ejecutar en más de 367 sentencias con respecto al período anterior.

El aumento de las causas ejecutorias entre abril y junio se ha producido a pesar de que los jueces han resuelto más asuntos de los que han registrado: ingresaron 2.381 ejecutorias de sentencias y resolvieron 3.118.

La principal explicación al incremento del número de sentencias en ejecución obedece, según el decano de los jueces, a la "penalización de determinadas conductas en materia de tráfico", al sancionar con penas de cárcel conductas que antes sólo llevaban aparejadas una sanción administrativa o elevar la gravedad de otras conductas al volante. La reforma legal, que entró en vigor en el mes de mayo, fijó penas de hasta seis meses de prisión para las personas que conduzcan sin permiso o tras haberlo perdido. Otras reformas que también han incidido en el aumento de las causas son castigar con penas de cárcel a los conductores que superen en 60 kilómetros por hora la velocidad permitida en vía urbana y 80 en vía interurbana. Con hasta seis meses de cárcel también pueden ser castigados ahora los conductores que sean sorprendidos con una tasa de alcohol en aire espirado superior a 0,60 miligramos por litro o con un nivel en sangre superior a 1,2 gramos por litro, y a aquellos que lo hagan tras ingerir sustancias tóxicas o estupefacientes. Los conductores que se nieguen a someterse a las pruebas de alcoholemia se enfrentan a posibles penas de cárcel de entre seis meses y un año.

Todos estos cambios en el Código Penal han "disparado", según el decano, el número de condenas por infracciones en materia de tráfico y, en consecuencia, han incrementado en igual proporción la tasa de ejecución de sentencias.

La subida se ha notado de forma muy rápida en los juzgados de lo Penal, dado que muchos conductores han aceptado en el mismo juzgado de guardia la condena, a cambio de la rebaja de un tercio de la pena que se le podría imponer. De esta forma, el conductor sale con su sentencia puesta del juzgado de guardia, pero a partir de ese momento se inicia la fase de ejecución de la misma, que está encomendada a los juzgados de lo Penal, lo que representa una sobrecarga de trabajo para unos juzgados que ya están muy saturados. Si la pena impuesta lleva aparejada el pago de una multa económica y éste se realiza en varias mensualidades, la causa ejecutoria permanecerá en tramitación -abierta en el juzgado- hasta se abone por completo.

Los jueces han pedido que se creen más órganos penales en Sevilla y la Junta ya ha anunciado que el próximo año se creará el juzgado de lo Penal número 14.

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