El parque de Tablada por la franja del río tendrá que esperar
Pleito Dehesa Tablada Sevilla
Un auto de la Audiencia Nacional declara “inejecutable” la sentencia para reservar estos terrenos, al no ser ya del Estado
Sevilla/La Audiencia Nacional ha emitido un auto en el que declara “inejecutable” la sentencia que declaró la necesidad de reservar como dominio público la franja de 200 metros de ancho de todos los terrenos vendidos a privados por el Ministerio de Defensa. Y al mismo tiempo acuerda comenzar a fijar la indemnización que corresponde al ingeniero aeronáutico Jesús López López por los más de 20 años que lleva pleiteando por la reserva pública de esta franja de suelo próxima al río.
La primera consecuencia de este auto judicial es que da al traste con los planes del Ayuntamiento de Sevilla de iniciar por esta franja de terreno el soñado Parque periurbano de Tablada. La expropiación de los suelos es la única opción que le queda al Ayuntamiento para recuperar estos terrenos e iniciar el parque.
Los terrenos en cuestión son una franja de 200 metros de ancho y 3,8 kilómetros de largo paralelos al río, es decir, un total de 78 hectáreas. Los detalles pueden verse en la infografía adjunta. Este suelo supone casi una tercera parte de la superficie afectada por la subasta de Tablada que dejó este enclave en manos privadas.
Fechado el 4 de julio, el auto de la Audiencia Nacional deja claro que, al ser todos los terrenos de Tablada de propiedad privada (se subastaron en 1997), el Ministerio de Agricultura y Medio Ambiente no puede aplicar la Ley de Costas para reservarlos como suelos públicos colindantes con el dominio público marítimo-terrestre. Sólo podría aplicar la Ley de Costas si fueran públicos esos suelos, cosa que no sucede.
En los antecedentes de hecho de ese auto de la Audiencia se dice que, en un informe de febrero de 2018, la Dirección General de la Costa y del Mar afirma que no puede cumplir la sentencia de reserva pública de esos suelos “por un problema jurídico consistente en que los terrenos que han de ser afectados no pertenecen ya al patrimonio del Estado sino que fueron enajenados a Consorcio Tablada SA”.
Y añade la Dirección General que ha mantenido contactos con el fin de intentar solucionar el problema y que la decisión ha sido revocar parcialmente la orden que dio en Ministerio en 2017 para ejecutar la sentencia que estimaba que había que reservar esa franja de suelo como dominio público.
López comenzó a pleitear antes de que resolviera la subasta de los terrenos de Tablada. La primera sentencia de la Audiencia que le da la razón a Jesús López es una resolución ministerial del año 2000, luego una sentencia de la Audiencia de 2004, y finalmente el Tribunal Supremo lo ratifica en 2016.
El denunciante declaró ayer a este periódico que la noticia de que la sentencia que le dio la razón no puede ejecutarse es para pensar que “da vergüenza en España el sistema judicial que lleva a una persona como yo a pleitear durante 21 años y que es incapaz de ejecutar sus propias resoluciones”.
López afirma que aún no ha podido calcular qué indemnización le corresponde por dos décadas de pleitos que le han ido dando la razón, pero sí que el gasto se ha duplicado con los intereses.
Este ingeniero representaba a una de las empresas que se iba a presentar en su día a la subasta de los suelos de Tablada y finalmente no lo hizo porque vieron que Defensa no había reservado estos 200 metros de franja del río antes de subastarlos y, por tanto, la operación era recurrible, como así ha sido. López reitera que la administración del Estado “nunca debió subastar los terrenos de Tablada sin esa reserva del suelo” de la franja más próxima al río.
Este ingeniero resume la situación en que los propietarios privados de Tablada hicieron una inversión en los suelos que fue para nada porque los suelos son inundables y no se puede construir en ellos; que el Ayuntamiento tampoco tiene su parque a no ser que pague un dineral y expropie estos suelos y que el dominio público tampoco tiene esas 78 hectáreas.
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