Calle rioja
Francisco Correal
El filósofo de Cerro Muriano
Facua Sevilla ha logrado que Iryo indemnice a una socia con 200 euros por los gastos que sufrió como consecuencia de la cancelación de un viaje de vuelta desde Madrid a la capital andaluza como consecuencia de la DANA de septiembre de 2023.
Mercedes P. R., residente en Sevilla, compró para ella y su hija dos billetes de tren con Iryo para un trayecto entre Madrid y Sevilla el día 3 de septiembre del año pasado. Debido a la DANA, su tren fue cancelado cuando faltaban pocos minutos para su salida, ante lo que desde la compañía le dijeron que tendría que buscar un alojamiento en Madrid para pasar la noche. Pero ni le reservaron el hotel ni le dijeron que fueran a hacerse cargo de su coste. Así que Mercedes tuvo que pagar de su bolsillo la correspondiente noche de hotel, que le costó 181,50 euros.
A las 12:00 horas del día siguiente, desde Iryo le hicieron llegar a la usuaria dos nuevos billetes para las 18:10 horas. Pero el tren finalmente salió una hora más tarde y, para colmo, el trayecto duró más de seis horas frente a las dos horas y media en que tendría que haber llegado a Sevilla. Ante tal retraso, cuando llegó a las 1:25 horas de la madrugada se vio obligada a coger un taxi para desplazarse desde la estación de trenes de Santa Justa, en Sevilla, hasta su domicilio, lo que le supuso un importe de 15,47 euros.
Como en Iryo se desentendieron de sus derechos, Mercedes acudió a FACUA Sevilla para que emprendiera acciones frente a la compañía. El equipo jurídico de la asociación reclamó a la empresa ferroviaria que abonara a la afectada los gastos que había sufrido como consecuencia de la cancelación del tren y el posterior retraso del que le ofrecieron como alternativa.
Tras interponer escrito de reclamación, Iryo envió un correo electrónico a la asociación a través del cual estimaban la pretensión de la socia de Facua referente al abono del importe reclamado y solicitando que le remitiesen certificado de titularidad bancaria para llevar a cabo el abono. Así, la reclamación ha quedado resuelta y Mercedes ha recibido en su cuenta bancaria la indemnización de 196,97 euros que reclamaba, esto es, la suma de los gastos de hotel y taxi que tuvo que asumir.
La afectada no reclamó también los importes de las comidas que tuvo que pagar en Madrid ya que al desconocer que también tenía derecho a ellas, no se había quedado los tiques para justificarlas y las pagó en efectivo, por lo que tampoco contaba con justificantes bancarios.
La cancelación del viaje por la DANA y por tanto consecuencia de causa de fuerza mayor eximía a Iryo de abonar ninguna indemnización a la afectada más allá del importe del billete o su reubicación en un próximo tren, pero no dejaba de obligarla a costearle los gastos sufridos como consecuencia de ello.
Así, el artículo 20 del Reglamento (UE) 2021/782 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2021, sobre los derechos y las obligaciones de los viajeros de ferrocarril, señala que en caso de retraso o cancelación, la empresa debe ofrecer a los viajeros “comida y refrigerios, en una medida adecuada al tiempo de espera […] si están disponibles en el tren o en la estación o si pueden razonablemente suministrarse“, además “alojamiento en un hotel u otro lugar en el caso de que se requiera la estancia de una o más noches“.
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