Los hosteleros tendrán tres años para adaptarse a la ordenanza de veladores
Los establecimientos enclavados en los mercados de abasto contarán con un horario comercial
El gobierno municipal sigue sin aclarar en el texto qué negocios son singulares
Los veladores deben pasar un control previo de ruido en los edificios colindantes
La nueva ordenanza de veladores será debatida mañana en el Consejo de Gobierno de la Gerencia de Urbanismo después de cinco reuniones de la comisión encargada de su redacción con diferentes sectores afectados por esta actividad y la presentación de alegaciones por parte de 22 entidades, asociaciones y partidos políticos. Entre las propuestas ya conocidas estaban la distancia mínima de 1,80 metros como pasillo para el peatón, los horarios de cierre de las zonas acústicamente saturadas (hasta las 23:00 horas con una hora más los festivos, vísperas, viernes, Semana Santa o Feria siempre que al día siguiente no sea laborable), o el mantenimiento de las conocida como terrazas covid. El plazo para la adaptación de los bares a la nueva ordenanza se establece en tres años desde su entrada en vigor, según indica la disposición transitoria primera en el texto al que tuvo acceso este periódico.
La norma se refiere también a los establecimientos hosteleros situados en los mercados de abasto. En este caso, el horario de los veladores de los puestos coincidirán con el autorizado para el ejercicio de la actividad, nunca más allá del establecido en la ordenanza. Los nuevos bares en los mercados podrán solicitar la licencia para ejercer la actividad hostelera, “no procediendo la comunicación previa”.
Lo que sigue sin aparecer en la ordenanza es el listado de los establecimientos singulares en los que estará permitido beber de pie en un horario previamente establecido. Precisamente, beber en la calle se convirtió en uno de los caballos de batalla del entonces candidato José Luis Sanz durante la pasada campaña de las elecciones municipales. El actual alcalde prometió a los hosteleros que los vasos de cerveza iban a volver a las calles, pero tras la última reunión de la comisión de veladores fue calificado por la patronal de bares y restaurantes sevillanos como “timo” porque, según su presidente, Alfonso Maceda, “ningún bar cumple los requisitos”.
La única referencia está en la disposición adicional sexta en la que se indica expresamente que en la zona de veladores autorizada prohibido “servir comidas o bebidas al público cuando éste las consuma permaneciendo de pie dentro de dicha zona, o fuera de ella en zonas aledañas a la actividad principal, excepto para los establecimientos emblemáticos a los que se les otorgue autorización excepcional” y remite al artículo 14. En él solo se indican las condiciones que deben reunir los bares donde se puede beber de pie de 13:00 a 15:00 y de 20:00 a 23:00.
Lo que sí hay es una detallada relación de la documentación mínima necesaria para la tramitación de establecimiento singular: acreditación de la personalidad del interesado y, en su caso, del representante; fotocopia del documento sellado de la declaración responsable de inicio de actividad; fotocopia de la resolución por la que se le concede el uso del distintivo “establecimiento emblemático de la ciudad de Sevilla”; plano de situación y copia de la póliza de seguro de responsabilidad civil. Anteriormente se incluían como tales El Patio San Eloy, Casa Manolo, Bar Europa, Casa Vizcaíno, Casa Morales, Taberna Entrecárceles y el Restaurante El Cairo
Patrimonio
De todas las entidades que han presentado alegaciones, se han tenido muy en cuenta las de Adepa. En la línea de la protección patrimonial se incluye la prohibición de publicidad de las terrazas de veladores situadas en el Conjunto Declarado Patrimonio Histórico Artístico. Además se prohíbe la instalación de terrazas adosadas a las fachadas de edificios declarados BIC. Tampoco se podrán instalar toldos delante de ellos y la proyección de la sombra no podrá sobrepasar la superficie de los veladores.
Respecto a la petición del Colegio de Administradores de Fincas, asociaciones de vecinos del Casco Antiguo, Ecologista en Acción, varios particulares y la asociación vecinal Casco Norte La Revuelta para conocer el número de veladores con licencia, desde la Gerencia de Urbanismo se indica que esta petición “ya ha sido atendida con la puesta en marcha del visor veladores en la app Sevilla”. Este es otro de los escollos en las negociaciones con la Asociación de Hosteleros, que consideran la herramienta como una forma de presionar al sector.
La nueva ordenanza destaca también la responsabilidad patrimonial sobre daños ocasionados en la vía pública. Del mismo modo, establece un espacio libre mínimo de 1,80 metros –frente a los 1,50 que solicitaban los hosteleros – para paso peatonal que no puede verse reducido por alcorques, mobiliario urbano, así como tampoco podrán ocupar parterres con vegetación, praderas o similares, no pudiendo afectar a zonas arboladas o con vegetación. El ancho libre de paso podrá ser ampliado cuando lo requiera la intensidad de tránsito de los peatones y nunca se podrá obstaculizar el acceso a viviendas, rebajes para garantizar la accesibilidad, salidas de emergencia, reserva para servicios públicos, paradas de transporte público, mobiliario urbano y cualquier otra instalación o paso de interés público.
La ordenanza regula la instalación de dispositivos de climatización en los veladores mediante nebulizadores. Deberán notificarlo al servicio municipal correspondiente. Son elementos clasificados en el Real Decreto 865/2003 por el que se establecen los criterios higiénico sanitarios para la prevención y dispersión de la Legionella.
En cualquier caso, Urbanismo podrá suscribir, para el desarrollo de esta ordenanza, convenios de colaboración con las organizaciones representativas de los hosteleros con el fin de agilizar y simplificar su cumplimiento. Además, en circunstancias excepcionales, para parte del término municipal o para su totalidad, se podrán modificar las condiciones y formas de ocupación de las terrazas y veladores.
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