Los hospitales de Sevilla realizaron 39 operaciones de cambio de sexo durante el 2024
Suponen el 38% de las 102 intervenciones de este tipo que se realizaron en centros públicos del SAS en toda Andalucía
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Los hospitales públicos de Sevilla llevaron a cabo en 2024 un total de 39 intervenciones de reasignación de sexo, lo que supone un 38% del total de 102 cirugías de este tipo realizadas por el Servicio Andaluz de Salud (SAS) en toda la comunidad. Asimismo, se ha tramitado una veintena de modificaciones de género en tarjetas sanitarias en el mismo periodo.
En la provincia, las operaciones de cambio de sexo se llevan a cabo tanto en el hospital Virgen del Rocío como en el Macarena y el Valme. En toda Andalucía, este tipo de intervenciones se han igualmente en el Hospital Regional de Málagan, en el Puerta del Mar (Cádiz), Reina Sofía (Córdoba), San Cecilio (Granada), y los hospitales Juan Ramón Jiménez e Infanta Elena en Huelva.
Los datos han sido publicados este martes en el Boletín Oficial del Parlamento de Andalucía (BOPA) por el departamento que dirige Rocío Hernández en respuesta a una pregunta formulada por escrito por el grupo parlamentario de Vox Andalucía.
Por provincias, Málaga lidera la estadística con 40 intervenciones, seguida de Sevilla con 39. En el resto de provincias andaluzas se registraron cifras mucho menores: Cádiz (7), Huelva (6), Córdoba (5), Jaén (3) y Granada (2).
En lo relativo a los cambios de género en la Tarjeta Sanitaria Individual (TSI), que permite que las personas transexuales figuren en el sistema sanitario con su identidad y nombre elegidos, en 2024 se tramitaron 20 solicitudes en Andalucía. Málaga registró cuatro de estos cambios, mientras que en otras provincias como Jaén se tramitaron cinco, y en Sevilla, una.
La Ley 2/2014, de 8 de julio, para la no discriminación por motivos de identidad de género y reconocimiento de los derechos de las personas transexuales de Andalucía, en su artículo 2.4 reconoce el derecho de toda persona a "ser tratada de acuerdo con su identidad de género y, en particular, a ser identificada de ese modo en los instrumentos que acreditan su identidad en el ámbito de la Administración de la Junta de Andalucía".
En su artículo 9, se establece que "la comunidad autónoma de Andalucía proveerá a toda persona que lo solicite de las acreditaciones acordes a su identidad de género manifestada que sean necesarios para el acceso a sus servicios administrativos y de toda índole". Por otro lado, en su artículo 9.2.e), la citada ley indica que "se habilitarán los mecanismos administrativos oportunos y coordinados para adaptar los archivos, bases de datos y demás ficheros de las Administraciones a las que alude el apartado 2 del artículo 4 de la presente Ley, eliminando toda referencia a la identificación anterior de la persona, a excepción de las referencias necesarias en el historial médico confidencial a cargo del Servicio Andaluz de Salud, de conformidad con lo establecido en la letra anterior".
Por tanto, cualquier persona acreditada debidamente tiene derecho a que en la base de datos de usuarios del Sistema Sanitario Público de Andalucía quede reflejada su identidad de género y su nombre, aunque estos no estén recogidos en su DNI, así como que se emita una tarjeta sanitaria con el nombre deseado. El procedimiento se inicia a solicitud de las personas interesadas o sus representantes legales, aportando la documentación preceptiva para cada caso. Esto supone que, ante la solicitud de una persona transexual se habrá de cambiar el nombre en la base de datos de usuarios del Sistema Sanitario Público de Andalucía y emitir una nueva tarjeta con el nombre deseado.
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