Una guardia civil de Sevilla consigue que se le abonen las vacaciones tras su retiro forzoso

La mujer estuvo de baja por incapacidad laboral durante 18 meses y fue jubilada sin solución de continuidad

Los tribunales le reconocen el derecho al cobro de los días de vacaciones no disfrutados durante ese periodo

La mujer en la Guardia Civil: treinta años de beneméritas

Detalle de las manos de dos guardias civiles, en un acto oficial del cuerpo.
Detalle de las manos de dos guardias civiles, en un acto oficial del cuerpo. / D. S.

Una guardia civil de Sevilla ha conseguido que se le paguen las vacaciones no disfrutadas cuando se encontraba de baja. La incapacidad laboral que sufría la llevó a tener que retirarse del cuerpo, por lo que la Dirección General de la Guardia Civil le denegó el abono de los días de vacaciones no disfrutados. La agente, asesorada por los servicios jurídicos de la Asociación Unificada de Guardias Civiles (AUGC) recurrió la decisión y los tribunales le han dado la razón.

La Sala de lo Contencioso-Administrativo sección 6 del Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha reconocido los derechos de esta agente sevillana, que permaneció en situación de incapacidad laboral durante un largo periodo, hasta que sin solución de continuidad, la Guardia Civil acordó su pase a retiro como miembro del cuerpo. La mujer solicitó que le fuesen abonadas las vacaciones no disfrutadas durante ese largo periodo de tiempo, según ha informado este miércoles la AUGC en una nota de prensa.

La agente presentó una solicitud que fue denegada en primera instancia por la Dirección General de la Guardia Civil de Sevilla. Acudió posteriormente a los tribunales, representada por el abogado de la AUGC de Sevilla, José Luis Ganfornina Falcón, que recurrió dicha resolución denegatoria.

La sentencia reconoce el disfrute del derecho devengado a las vacaciones anuales y que éste es aplicable con carácter general a los miembros de la Guardia Civil. Igualmente, dice que los agentes de baja por incapacidad temporal, si por tal razón cesan y pasan a la situación de retiro sin previa incorporación al servicio activo, "tienen derecho a una compensación económica en la proporción que corresponda por el derecho a las vacaciones anuales devengadas y no disfrutadas". En el caso de esta mujer, era referente a los últimos 18 meses.

Los jueces estiman el recurso interpuesto por la agente frente a la resolución de la Dirección General de la Guardia Civil y reconocen el derecho de la recurrente al abono de la cantidad que resulte como compensación económica por las vacaciones dejadas de disfrutar durante el año 2019 y la parte proporcional que corresponda de 2020, más los intereses legales.

AUGC recuerda que la Dirección General ha regulado, "tarde y mal", un procedimiento para dicha compensación. La asociación ha denunciado esta regulación ante la Comisión Europea, puesto que la normativa aprobada por la Subdirección General de Personal "llega con retraso y con un recorte de derechos de los trabajadores, no respetando lo que dice la directiva europea"

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