Los dos fallos discrepan sobre cuándo se sacó el cuerpo y quiénes lo hicieron
Caso Marta del Castillo
El juez de Menores fijó en los hechos probados que el Cuco y Samuel ayudaron a Carcaño a deshacerse de Marta y que sacaron el cuerpo de madrugada, extremos que descarta por completo la Audiencia.
La Fiscalía, la familia de Marta y los jueces ya advirtieron antes del juicio de los peligros del doble enjuiciamiento en la jurisdicción de Menores y en la Audiencia del Cuco y de los adultos por el asesinato de Marta del Castillo. La sentencia de la Audiencia de Sevilla y la del juez de Menores discrepan ahora en aspectos tan fundamentales sobre quiénes participaron en las labores para hacer desaparecer el cuerpo y los horarios en los que sacaron el cadáver del piso de León XIII.
La resolución del juez de Menores Alejandro Vián, dictada el 24 de marzo de 2011, apunta a una participación en el encubrimiento del crimen de Samuel Benítez y de Javier Delgado Moreno, algo que la Audiencia de Sevilla ha descartado de plano. Ambas sentencias coinciden en que Miguel y Marta estaban solos en el piso de León XIII cuando se produjo la muerte de la adolescente, pero a partir de aquí difieren sobre las personas que intervienen en los hechos. La sentencia de Menores dice que Miguel llamó al móvil de Francisco Javier García Marín, el Cuco -una llamada que no consta en los registros telefónicos-, "y a otra persona mayor de edad cuya conducta tampoco se enjuicia en el presente procedimiento para que acudieran al domicilio de la calle León XIII", en alusión a Samuel Benítez.
El relato de "hechos probados" que recoge el juez de Menores continúa diciendo que el Cuco y este otro joven cogieron las llaves del coche de la madre del Cuco y se presentaron en el domicilio del asesino. Allí se encontraron con Miguel Carcaño y "con un hermano de éste", en referencia a Javier Delgado Moreno, y entre los cuatro, continúa el juez de Menores, decidieron hacer desaparecer el cuerpo de Marta del Castillo.
Frente a esta sentencia, los hechos que declara probados la Sección Séptima de la Audiencia de Sevilla recogen que entre Miguel Carcaño, el Cuco y con la ayuda de "al menos de un tercero desconocido", colocaron el cuerpo inerme de Marta del Castillo en una silla de ruedas y lo sacaron de la vivienda haciéndolo desaparecer.
La segunda gran confrontación jurídica entre ambos fallos se produce precisamente en relación al momento en que se produce ese traslado del cadáver de la joven. El juez de Menores dice que se deshicieron del cuerpo "en una hora no determinada de la madrugada del día 25 de enero de 2009", pero la Audiencia de Sevilla rechaza la tesis horaria de la madrugada, al afirmar que Marta fue asesinada entre las 21:00 y las 22:15 del 24 de enero, y que el cuerpo fue sacado en esta franja de tiempo.
El fallo de la Audiencia de Sevilla dice, en concreto, que sobre las 22:15 del 24 de enero Miguel Carcaño y Francisco Javier García Marín "se separaron y mientras que el menor regresó a su barriada de Sevilla, Miguel se fue a Camas, al domicilio de su novia al que llegó a las 22:50".
La familia de Marta del Castillo había instado al tribunal a plantear una cuestión de inconstitucionalidad contra el artículo 16.5 de la Ley de Responsabilidad Penal del Menor -que obliga a enjuiciar a los menores por separado-, al entender que se vulneraban los principios de seguridad jurídica y el derecho a la tutela judicial efectiva ante la posibilidad de que se produjeran fallos contradictorios.
En cualquier caso, los magistrados de la Audiencia sostienen que la declaración de hechos probados de la sentencia que condenó al Cuco no les vincula, puesto que el tribunal se declara "soberano y responsable a la hora de valorar en conciencia y conforme a la lógica y experiencia humana las probanzas a su presencia practicadas". Las posibles contradicciones entre ambas sentencias se explican, según la Audiencia, "por el dato de que siendo el principal pivote probatorio en nuestro juicio las declaraciones del principal encausado, Miguel Carcaño, el mismo se negó a declarar ante el juez de Menores".
La sentencia de la Sección Séptima sigue motivando reacciones favorables por parte de los abogados defensores de los acusados que han sido absueltos. El letrado José Manuel Carrión, que representa a Javier Delgado, mostró ayer su "satisfacción" por la absolución de su cliente, al considerar que "la sentencia ha hecho Justicia con lo que Javier dijo desde el primer momento". Preguntado por si tiene intención reclamar una indemnización por el tiempo que el hermano del asesino pasó en prisión preventiva, el letrado aseguró que éste "no es un planteamiento que tengan en mente" en este momento, en el que la sentencia ni siquiera es firme.
El abogado José Antonio Salazar, que defiende a María García -que estuvo un día privada de libertad, el que fue arrestada-, descartó la posibilidad de reclamar una indemnización por este motivo, ya que, según recordó, el cauce que establece el Tribunal Supremo para acceder a esta compensación es "estrechísimo" dado que la absolución debe producirse por la inexistencia del delito y no por una absolución por falta de pruebas.
De hecho, las última resoluciones dictadas por el Tribunal Supremo han endurecido aún más lo requisitos para acceder a una indemnización tras haber sufrido una prisión preventiva injusta y ya prácticamente sólo se conceden cuando se prueba que no hubo delito.
José Antonio Salazar alabó la sentencia de la Audiencia, que calificó de "excelente por bien fundada y trabajada" y destacó la valentía de los jueces por "enfrentarse al veredicto de condena universal que se había dictado hace tres años por la sociedad y los medios de comunicación".
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