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El juez pide 258.000 euros de fianza al superintendente de la Policía Local

Fraude en las oposiciones

Abre juicio oral contra lo 45 procesados y declara la presunta responsabilidad civil subsidiaria del Consistorio.

El juez pide 258.000 euros de fianza al superintendente de la Policía Local
Jorge Muñoz

15 de octubre 2015 - 12:04

El juez de Instrucción número 9 de Sevilla ha acordado la apertura de juicio oral por el fraude en las oposiciones de la Policía Local contra 45 procesados, de los cuales 37 son miembros del Cuerpo, y ha impuesto una fianza de 258.872,47 euros para el superintendente de la Policía Local Juan José García, uno de los principales imputados.

En el auto, que tiene fecha del pasado 9 de octubre, el magistrado Juan Jesús García Vélez declara la presunta responsabilidad civil subsidiaria del Ayuntamiento de Sevilla, dada la relación existente entre los acusados y el Consistorio, que por otra parte está personado como acusación particular y se ha adherido al escrito de acusación de la Fiscalía, salvo en lo relativo a dicha responsabilidad civil subsidiaria.

El juez ha impuesto esa fianza de 258.872,47 euros sólo a cuatro de los acusados, entre ellos el superintendente, mientras que a los otros imputados, en su mayoría los policías que superaron las oposiciones, las fianzas que deben hacer frente "en el plazo de un día" oscilan entre los 120.000 euros –fijados a 22 acusados- y los 136.777,47 euros –a otros 19 procesados-.

La Fiscalía de Sevilla ha solicitado una condena de 13 años de inhabilitación y el pago de una multa de 5.400 euros por delitos continuados de prevaricación y revelación de secretos para el superintendente de la Policía Local Juan José García por el fraude de las oposiciones. La Fiscalía reclama para los agentes que superaron las oposiciones gracias a la supuesta filtración de los exámenes el pago de una multa de 100.000 euros, con un año de responsabilidad personal en caso de impago, y cuatro años de inhabilitación.

En su escrito de conclusiones provisionales, el Ministerio Público pide además que se declaren nulas de pleno derecho las oposiciones para los procesados, dado que las resoluciones dictadas por el tribunal dimanan de delitos de prevaricación y de delito de descubrimiento y revelación de secretos, y reclama asimismo que de las "consecuencias económicas y de toda índole administrativa que acarree dicha declaración de nulidad responderán todos ellos conjunta y solidariamente, junto con el Ayuntamiento de Sevilla", que según la Fiscalía debe ser declarado responsable civil subsidiario, algo que ha acordado el juez.

El Ministerio Público solicita la misma pena de multa de 5.400 euros y de 13 años de inhabilitación para otros miembros del tribunal y un funcionario del Ayuntamiento –que no intervino en la filtración de la plantilla pero "tuvo suficientes elementos para sospecharla, pero no formuló objeción alguna"- que han sido procesados.

La Fiscalía explica que entre las personas que aprobaron se encontraban el hermano de la "compañera sentimental" del superintendente y un sobrino suyo, pese a lo cual la Fiscalía considera que "no se abstuvo de participar" en el proceso de las oposiciones, en el que actuó como presidente del tribunal calificador. Según la Fiscalía, la misma causa de abstención concurría en un vocal suplente, que es miembro de la junta de personal del ayuntamiento de Sevilla y había compartido "muchos años" de labores sindicales con el presidente del Sindicato Profesional de Policías Municipales de España en Sevilla (Sppme), cuyo hijo figuraba entre los opositores.

Para este sindicalista procesado, la Fiscalía reclama además dos años de prisión por un delito de cohecho, después de que en febrero de 2014 fuese invitado al Salón Internacional de la Seguridad (SICUR) por el empresario que suministraba el vestuario de la Policía Local de Sevilla entre 2007 y 2013, y cuyo hijo también fue uno de los aspirantes beneficiarios de la filtración. La misma pena de dos años de cárcel se solicita para el empresario que suministraba la ropa a los policías locales.

Dice la Fiscalía que Juan José García y varios miembros del tribunal, incluido el vocal suplente, "filtraron, de modo intencionado y selectivo, la plantilla de corrección del caso práctico" a 19 aspirantes al cuerpo de la Policía Local para un proceso de 47 plazas convocado en abril de 2011 y otro de 51 plazas que había sido convocado en 2008.

Las bases de la convocatoria ordenaban "taxativamente" a los miembros del tribunal elaborar el caso práctico y la plantilla de corrección "el mismo día del examen" y de forma inmediata a éste, pero según la Fiscalía los acusados "con desprecio absoluto de esta norma, elaboraron el caso práctico y la plantilla de corrección días antes del examen y filtraron de modo selectivo e intencionado la plantilla de corrección a los aspirantes que tenían intención de favorecer".

Con posterioridad a la elaboración de la plantilla de corrección y del "filtrado selectivo" a determinados aspirantes, uno de los acusados elaboró una "ampliación o complemento a dicha plantilla, al entender que era preciso complementar algunas de las respuestas en la primera confeccionadas". La plantilla de corrección inicial filtrada contenía "varias erratas", entre las cuales destacaba una que decía el DNI era un documento "necesario para conducir", pero los aspirantes beneficiados con la filtración "copiaron todas estas erratas y algunas otras peculiaridades que contenía la plantilla complementaria elaborada" por el otro implicado.

Según el Ministerio Público, para "garantizar la opacidad absoluta en el proceso, todos los componentes del tribunal decidieron que la lectura del ejercicio del caso práctico no se llevara a cabo por el aspirante en lectura y audiencia pública, sino por ellos mismos a puerta cerrada".

Con respecto a las oposiciones de 56 plazas, la Fiscalía señala que a la misma concurrían determinados aspirantes a los que, "por razones de vínculos de amistad, o familiares o sindicales, había intención premeditada de favorecer y de aprobar [por parte del superintendente y otro acusado], con independencia de sus méritos y aun cuando dicha resolución fuera injusta".

El Ministerio Público explica que el papel en este caso de dos funcionarios del Ayuntamiento procesados consistía en "hacer la vista gorda a las irregularidades que cometieran y consentir no sólo con su silencio pasivo las mismas, sino incluso colaborar con ellas de modo activo, facilitando a los acusados, con anticipación suficiente, las preguntas y respuestas que ambos iban a formular en el cuestionario tipo test".

En el tercer ejercicio de la convocatoria, que era el único en el que podían favorecer a los opositores seleccionados, los acusados "idearon una filtración selectiva dirigida únicamente a aquellos opositores aspirantes a los que tenían intención de favorecer, filtración selectiva ésta no sólo de la plantilla de corrección del cuestionario tipo test, sino también y especialmente de la plantilla de corrección del caso práctico, de tal modo que los así favorecidos pudieran disponer, con antelación suficiente a los exámenes para memorizarlos en su integridad, de ambos contenidos". Revelaron 80 respuestas del cuestionario a 16 opositores, pero como no tuvieron las 20 preguntas restantes el día del examen "la mayoría de ellos ni siquiera contestaron a las mismas o, en los casos en que lo hicieron, fallaron estrepitosa y mayoritariamente en este específico bloque de respuestas".

La Fiscalía concluye en su escrito que el beneficio económico obtenido por los 32 acusados que se beneficiaron de las filtraciones en las dos convocatorias de oposiciones resulta de la "obtención de plaza con manifiesta injusticia y la percepción de salarios desde su toma de posesión hasta la fecha", lo que asciende a cantidades que oscilan entre los 68.000 y 79.000 euros.

Para los otros cinco opositores que no obtuvieron plaza, la Fiscalía señala que el beneficio no fue económico sino de otro tipo, "consistente en el aprovechamiento de las ventajas materiales que supone acceder a información privilegiada frente al resto de aspirantes que no accedieron a ella, poniendo con ello en peligro el bien jurídico protegido".

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