Los empresarios cuestionan la ordenanza de obras para Sevilla
Urbanismo
El CESS en bloque entiende que los procedimientos urbanísticos y ambientales “no pueden ser a costa de la cesión total a entidades externas a la administración”
La Gerencia de Urbanismo gasta 350.000 euros en externalizar los informes de licencias
Muchos reparos a la ordenanza de obras que tramita el gobierno de José Luis Sanz. “Entendemos que los principios de celeridad, economía y eficacia de los procedimientos ambientales y urbanísticos no pueden ser a costa de la cesión total a entidades externas a la administración. Una potestad administrativa que reside en el cuerpo de técnicos municipales para la validación de los preceptivos informes técnicos previos a la evacuación del correspondiente informe jurídico, requisito necesario para el otorgamiento y la eficacia de las licencias y autorizaciones”. Ésta es una de las principales conclusiones del Consejo Económico y Social de Sevilla (CESS) –formado por representantes de los partidos políticos, los sindicatos, los empresarios y algunas asociaciones de consumidores– en un dictamen sobre la nueva ordenanza de actividades y obras (conocida como la OROA), que busca potenciar la colaboración público-privada con el objetivo de agilizar los trámites administrativos para el otorgamiento de licencias urbanísticas.
Entre las valoraciones del órgano consultivo solicitan que es imprescindible establecer con más claridad el régimen de incompatibilidades de los técnicos y personas pertenecientes o que trabajen para estas entidades. En concreto, proponen que se amplíe el texto incluyendo a los agentes definidos en la LOE (Ley de Ordenación de la Edificación) como son los promotores y constructores “como incompatibles para formar parte o tener vinculación con las obras”. También se propone que las personas y los técnicos, arquitectos, ingenieros, arquitectos técnicos, ingenieros técnicos o cualquier titulación con atribuciones en materia urbanística o medio ambiental, y que pertenezcan o trabajen para estas entidades urbanísticas certificadoras o colegios profesionales, se les exija incompatibilidad para ejercer su actividad profesional en el ámbito territorial del municipio de Sevilla.
Con la redacción actual, el CESS sostiene que se produce ‘de facto’ la sustitución, en su totalidad, del procedimiento administrativo relativo a la evacuación del preceptivo informe técnico municipal, incluidos los informes sectoriales. “Esa potestad reside en el cuerpo técnico de la Gerencia de Urbanismo, que garantiza la independencia a la hora de la evacuación de los preceptivos informes técnicos. Las salvaguardas de las potestades administrativas son garantía de imparcialidad e independencia para los administrados y usuarios en general por parte de la administración pública”.
En el documento al que tuvo acceso este periódico se argumenta que la ley del suelo (conocida como la Lista ) insta a la administración local a dictar una resolución expresa en el ejercicio de su potestad administrativa. “En el procedimiento de otorgamiento de las licencias urbanísticas deberá constar un informe técnico y otro jurídico de los servicios municipales, preceptivos ambos para el otorgamiento de la licencia, sin menoscabo de haber obtenido mediante colaboración y/o convenio público–privado, informes o certificados que ayuden y agilicen los trámites administrativos en sus funciones de verificación, comprobación o inspección posterior”.
El CESS entiende que para garantizar la potestad administrativa de la Gerencia de Urbanismo y la del cuerpo de técnicos municipales, el preceptivo informe técnico municipal debe ser suscrito por un técnico municipal competente en la materia en todos los supuestos de tramitación de licencias de obra y medio ambiente contempladas en la ordenanza sin menoscabo de que para su evacuación se soliciten informes o certificados a terceras entidades que apoyen, aceleren y agilicen los trámites para la conformación del sentido de dicho informe técnico municipal.
Otra de las preocupaciones es que las acciones de inspección y control posterior deben estar garantizadas en el seno de la administración municipal con los suficientes recursos humanos y materiales para ejercer esa potestad. Sugieren desde el órgano consultivo la redacción con carácter prioritario de una guía ciudadana de la OROA “con difusión en medios de alcance real para la ciudadanía y todas aquellas entidades interesadas en los procedimientos”.
Para concluir con unas valoraciones que fueron aprobadas sin ningún voto en contra, el CESS sostiene que la unificación de los procedimientos ambientales y urbanísticos, la regulación de los títulos habilitantes, y el ejercicio de control posterior y de la disciplina, “entendemos que aportarán certeza y seguridad jurídica a los procedimientos, a los administrados, a los ciudadanos y usuarios, y a los agentes interesados”.
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