Sueños esféricos
Juan Antonio Solís
Nadie en el mundo más afortunado que Víctor Orta
Con 11 años de experiencia en la ordenación de sus elementos urbanos (aplica su ordenanza específica desde julio de 1999), la ciudad de Barcelona ha servido a Sevilla como ningún otro municipio para saber lo que hay que hacer en esta materia, que no es otra cosa que organizar y coordinar bien. Lo dijo ayer el arquitecto Juan Ruesga, autor de las directrices del paisaje urbano que van a servir de base para la futura ordenanza que Sevilla quiere aprobar a finales de este año.
El peatón que pasea por sus calles se encuentra con que todo está en el lugar adecuado, ordenado y dispuesto con sentido común. El secreto está en que su Ayuntamiento ha creado un departamento específico que vela por este objetivo: el Instituto del Paisaje Urbano y la Calidad de Vida.
En el barrio del Ensanche, por ejemplo, las aceras tienen el mobiliario indispensable y nunca se obstaculiza al peatón con postes de todo tipo desordenados. Las papeleras, siempre a cada lado de los pasos de cebra pero cerca de la zona destinada a los peatones. Los contenedores agrupados en isletas triangulares pintadas en las intersecciones de dos calles, donde no molestan y permiten su recogida más fácil. Los semáforos sirven como soporte también de señales verticales, lo que simplifica al máximo el exceso de postes. Y las calles secundarias distribuyen a la perfección un carril para vehículos y otro para carril bici separados por un aparcamiento de motos pintado en la zona central y con macetones para disimularlos. El resultado es que da gusto moverse por sus calles.
En la exposición de motivos de su ordenanza (www.bcn.es/paisatgeurba/castella/descargar/oupu_cast.pdf) el Ayuntamiento de Barcelona tiene claro que el paisaje urbano es uno de los elementos del medio ambiente de las ciudades que merece protección, porque garantiza calidad de vida para sus habitantes.
Y añade que los contaminantes de este paisaje afectan, sobre todo, a la percepción visual, estética y de seguridad: fachadas de edificios, publicidad, antenas, toldos y cualquier otra instalación accesoria a las construcciones o al resto de elementos del paisaje urbano.
El cuadro de sanciones oscila entre los 450,76 euros de las infracciones leves, los 901,52 euros de las infracciones graves y los 1.803,04 euros de las infracciones muy graves.
Entre las infracciones muy grave destacan el incumplimiento de los concesionarios de la obligación de mantener las edificaciones, construcciones, obras, vallas e instalaciones en estado de seguridad, higiene y ornamento público. En segundo lugar, la colocación de soportes publicitarios que, por su ubicación, forma, color, diseño o inscripciones, impidan la visibilidad, puedan ser confundidos con las señales de tráfico o perjudiquen la seguridad viaria. Y en tercer lugar, la instalación de soportes publicitarios suspendidos sobre la calzada o el espacio público o anclados sobre la vía pública o sus elementos.
También te puede interesar
Lo último
2 Comentarios