La Diputación de Sevilla dona 200.000 euros para los afectados por la DANA
Todos los grupos políticos con representación en la entidad provincial han mostrado su acuerdo en esta iniciativa, que será canalizada a través de Cruz Roja
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Todos los grupos políticos de la Diputación de Sevilla han decidido destinar una ayuda directa y excepcional por razones humanitarias a los damnificados por la DANA que ha asolado Valencia. Concretamente, el temporal de viento y lluvias que se inició en la jornada del 29 de octubre afectó con gran intensidad a muchas localidades de la provincia de Valencia y ha producido el desbordamiento de ríos y barrancos, cortando las principales vías de comunicación, aislando poblaciones y ocasionando otros daños que han afectado muy gravemente a personas y a sus medios más esenciales de vida.
En ese contexto, con las cifras de fallecidos en los 217 y mientras continúan las labores de búsqueda, las administraciones han ido adoptando resoluciones de emergencia para paliar los efectos de la escasez de los medios materiales más primarios para las personas y sus familias como son ropa, alimentos, agua y otros enseres.
Según Javier Fernández, presidente de la Diputación, "en nombre y representación de los dos millones de sevillanos que integramos esta provincia, hemos decidido destinar doscientos mil euros para labores humanitarias en la zona afectada, canalizándolos además a través de Cruz Roja, que sin duda es una entidad de solvencia contrastada en la gestión de ayuda humanitaria en catástrofes como esta. Es momento de arrimar todos el hombro, de dejar los colores políticos y de ser esa sociedad cohesionada, apiñada y sensible que nos hace fuertes como país. Valencia nos necesita a todos y todas y tenemos que estar a la altura", explicó.
La Diputación de Sevilla tiene una amplia experiencia en la concesión de ayudas directas por fenómenos catastróficos, incluso fuera del territorio de la propia provincia . Para ello, la entidad provincial tiene aprobado el Reglamento por el que se regulan las actividades y se establecen las normas en materia de distribución de fondos destinados a proyectos de cooperación al desarrollo y ayuda humanitaria, que en su artículo 37 menciona directamente las ‘ayudas en catástrofes naturales y de emergencia y determina que, en esos supuestos, el presidente podrá conceder ayudas urgentes tendentes a paliar los efectos negativos producidos como consecuencia de estos eventos, pudiendo resolver lo procedente al respecto, informando de ello al Consejo Asesor de Cooperación al desarrollo.
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