El conductor del camión paró dos veces antes del atropello de Hytasa
La Fiscalía de Sevilla remite un informe al juzgado en el que solicita la práctica de varias diligencias y que se cite a la compañía aseguradora del Ayuntamiento
El conductor del camión que el pasado 28 de mayo atropelló a la funcionaria Consuelo González Gutiérrez se detuvo en dos ocasiones ante el paso de cebra de la avenida de Hytasa, donde el semáforo se encontraba apagado desde hace más de seis meses.
Varios testigos del accidente han declarado a la Policía que el camión se detuvo en un primer momento en el paso de peatones, que estaba atravesando un grupo de personas. Uno de los testigos ha asegurado que el vehículo volvió a rodar, aunque se detuvo nuevamente y, en ese momento, el conductor miró a ambos lados de la calzada. Al estimar que no había ningún peatón más, el conductor emprendió de nuevo la marcha y fue cuando se produjo el atropello mortal de la mujer, según han confirmado a este periódico fuentes del caso.
La Fiscalía de Sevilla ha remitido un informe al juzgado de Instrucción número 19, que investiga el suceso, en el que solicita que continúe la instrucción y se practiquen una serie de diligencias para tratar de esclarecer si se ha producido alguna infracción de tipo penal. Si este extremo no se concretara finalmente, el caso se reduciría a la posible responsabilidad civil derivada de la muerte de la funcionaria.
De momento, el Ministerio Público quiere que la juez cite a declarar tanto a los testigos del accidente como al conductor del camión, que dio negativo en el control de alcoholemia al que fue sometido, y que se lleven a cabo las diligencias necesarias para determinar el punto exacto donde tuvo lugar el atropello de Consuelo González y el lugar en que se cruzó con el resto de personas que atravesaron el paso de cebra unos instantes antes que ella.
En el curso de la investigación también se intentará averiguar si era materialmente posible que el conductor del camión tuviera la visibilidad suficiente para poder detectar la presencia del peatón, sobre todo teniendo en cuenta la elevada altura del camión. Este aspecto, unido a las manifestaciones de los testigos respecto a la conducta del conductor del camión, puede determinar realmente si existe una infracción de carácter penal o sólo una responsabilidad civil. En el primer supuesto habría que calibrar además la gravedad de la infracción, que podría considerarse como delito o como falta, en función de la entidad de la presunta imprudencia cometida.
En cualquier caso, la Fiscalía hispalense ya ha solicitado a la instructora que ordene la comparecencia en el proceso de las compañías aseguradoras del vehículo que atropelló a la funcionaria, así como de la contrata para la que trabajaba el vehículo y, lo que es más importante, de la entidad responsable de la instalación de los grupos semafóricos.
La pregunta que subyace en el fondo de las diligencias solicitadas por la Fiscalía es si el accidente se hubiera producido en el supuesto de que el semáforo hubiese estado funcionando y no apagado desde hace seis meses, a pesar de que la delegación de Movilidad y Urbanismo discrepan sobre quién es responsable.
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