El claustro de la US se prorroga hasta que la Junta apruebe el nuevo estatuto
Universidad
El mandato finalizará cuando la normativa se publique en el BOJA
Las elecciones en este órgano se anunciarán el lunes 20 de enero
El rector de la US desmiente una artimaña electoral: "No se está alargando ilegalmente nada"
El claustro de la Universidad de Sevilla (US), en sesión ordinaria celebrada este martes, ha acordado mantener su funcionamiento a los solos efectos de poder atender, en el plazo de un mes desde su recepción, a los eventuales reparos de legalidad que pueda formular la Junta de Andalucía respecto del proyecto de nuevo estatuto. Dicho acuerdo establece que la disolución del claustro no se producirá hasta el día en que se publique en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) el nuevo estatuto de la Hispalense.
Este acuerdo, que ha salido adelante con 111 votos a favor, uno en contra y nueve abstenciones, es clave para conseguir el objetivo avalado por la mayoría del claustro, que no es otro que las próximas elecciones a rector de la US se hagan de acuerdo con lo contenido en el nuevo estatuto. La disolución del actual claustro implicaría la necesidad de la constitución de uno nuevo para resolver, en su caso, cualquier reparo o duda de legalidad que se presentara después del 20 de enero.
El nuevo estatuto de la US es el resultado de un proceso participativo distribuido en tres fases que se completó el pasado 4 de diciembre con la aprobación del proyecto con una participación del 89,2% de los miembros del claustro y con un apoyo del 91,5% de los votos emitidos. La US se convirtió, así, en la primera universidad andaluza en aprobar su nuevo estatuto y una de las primeras de España, donde apenas una media docena de jniversidades han adaptado sus normativas a la nueva Ley Orgánica del Sistema Universitario (LOSU).
Cuatro meses en la Junta
Al día siguiente, el 5 de diciembre, la US envió toda la documentación a la Consejería de Universidad, Investigación e Innovación para su preceptivo control de legalidad, publicación en el BOJA y entrada en vigor de la nueva norma. Para el citado control de legalidad, la LOSU establece, en su artículo 38.2, que la comunidad autónoma dispondrá de un plazo de cuatro meses para la elaboración del informe de legalidad, el cual termina el 5 de abril de 2025. No obstante, la Junta de Andalucía ha informado tras la recepción del estatuto el 5 de diciembre, que procederá a su tramitación “por el procedimiento de urgencia, decisión que implica acortar los plazos a la mitad”.
Ante la posibilidad de que se recibiera un reparo en el proceso de control de legalidad por parte de la Consejería de Universidad, la Disposición Transitoria Octava del actual estatuto de la US, titulada control de legalidad, establece lo siguiente: “En el caso de que, como consecuencia del control de legalidad previsto en la Ley Orgánica de Universidades, se formulasen reparos al proyecto de estatuto por la Junta de Andalucía, la mesa del claustro universitario dará traslado de los mismos a los claustrales. El claustro procederá a modificar el contenido del proyecto, a propuesta de la comisión redactora del mismo, mediante el debate y votación directa en una única sesión plenaria que deberá ser convocada dentro del mes siguiente a la recepción de dichos reparos”.
Dado que el Reglamento General de Régimen Electoral vigente en la US establece, en su Disposición Adicional Séptima, “renovación de los órganos colegiados”, que “el mandato de los miembros electos de los órganos colegiados será de cuatro años, salvo que exista normativa específica que regule otra duración, y finalizará, en todo caso, con la convocatoria de elecciones para renovar el órgano”, se hace necesario, con el exclusivo propósito de poder atender cualquier reparo que se enviara después del 20 de enero, una interpretación de la citada disposición, por parte del órgano responsable de la aprobación del reglamento, el claustro universitario.
Elecciones a claustro
El vigente Reglamento General de Régimen Electoral de la US establece en su artículo 21, respecto de la convocatoria de elecciones a claustro, que “corresponde la convocatoria de elecciones al rector, oída la mesa del claustro”, artículo 21.1, y que “la convocatoria de elecciones a claustro universitario deberá producirse dentro de los cien días hábiles previos al agotamiento del mandato del rector", artículo 21.3.
En consecuencia, la aplicación del citado artículo exige convocar elecciones a claustro antes del próximo 21 de enero. Por ello, se ha convocado una nueva sesión el próximo lunes 20 de enero en la que el rector ha anunciado que se convocarán elecciones a claustro.
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