LOTERÍA DE NAVIDAD
Lista oficial de los números premiados en el sorteo de la Lotería de Navidad 2024

Cuando el cadáver no aparece

Las pruebas de índole indiciaria pueden ser suficientes para que Miguel Carcaño vaya a la cárcel si la defensa lo permite

C.j.c. / Sevilla

20 de febrero 2009 - 07:37

Con el Código Penal en la mano, el autor confeso de la muerte de Marta del Castillo, Miguel Carcaño, podría ser condenado a pena de cárcel pese a que los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad no encuentren el cuerpo de la joven que, según insisten los detenidos, fue arrojado al río hace más de tres semanas. Las pruebas incriminatorias que han traslucido pese al secreto sumarial del caso se antojan suficientes para ello, a tenor de las opiniones de los abogados penalistas y juristas consultados por este periódico, si bien aducen también que "todo se complicaría muchísimo" si un letrado habilidoso dirigiera la defensa del inculpado.

No sería la primera vez que detenidos por homicidio, asesinato o secuestro acaben con penas de prisión sin contar con un cadáver de por medio. Los artículos 138 y 139 del código español establecen los delitos y penas de homicidio y asesinato, los dos cargos a los que se podría enfrentar Miguel Carcaño en función de la aparición o no del cadáver de Marta, cuya lectura determinaría el modo en que murió, si hubo premeditación, ensañamiento...

La ley de Enjuiciamiento criminal de 1882 deja un vacío legal difícil de explicar, ya que insta al juez a recoger todos los vestigios y pruebas materiales para el posterior juicio, aunque el articulado no exige cadáver, sino pruebas razonables de que el hecho se ha producido y pruebas que incriminen al autor o autores.

La autoinculpación de Carcaño sería un buen punto de partida para que éste fuese condenado a cárcel siempre y cuando vaya acompañada de indicios externos que corroboren su autoría. Las filtraciones judiciales indican la existencia de fluidos de Marta -sangre y restos orgánicos- en la ropa que llevaba Miguel el día de la desaparición de la menor, así como en el domicilio donde presuntamente acabó con su vida tras una fuerte discusión, en el número 78 de la calle León XIII.

Juegan en contra la desaparición del arma con el que se cometió el crimen, en este caso un cenicero -también lanzado al río-, y las contradicciones en que incurren el resto de detenidos en sus declaraciones, cuya implicación podría oscilar entre cooperadores necesarios y encubridores. El cruce de acusaciones de los implicados, la retractación sobre las declaraciones policiales iniciales y la ausencia de nuevas pruebas indiciarias podrían devenir en un punto muerto en el que Miguel Carcaño podría cambiar de estrategia y declararse inocente.

Entonces, ¿qué? Sólo la aparición del cuerpo de Marta podría conducirle a la cárcel con claridad palmaria. Un reconocido penalista de Sevilla considera que la aparición del cadáver "es importante, pero no sustantivo, para una condena, ya que afectaría a la concreción del tipo de delito cometido". Ahora bien, este abogado destaca que no estamos ante un crimen "con rastro testimonial" basado sólo en la versión del autor, sino que hay otras versiones en juego. Pese a que el auto de prisión de Miguel Carcaño dictado por la Fiscalía se pone en el peor de los supuestos, asesinato -con una pena de hasta 25 años de cárcel-, este delito podría quedar rebajado a homicidio -de 10 a 15 años-, homicidio imprudente -en el caso de que Miguel, como ya ha insinuado, insista en que no tenía intención de matar a Marta-, con una pena de entre 1 y 4 años de cárcel; detención ilegal y delito de inhumación ilegal -desaparición del cuerpo, agravante que se traduce en una multa de hasta 3.000 euros-.

La jurisprudencia española arroja algo de luz con algunos, pero contados, casos en los que los implicados fueron condenados a penas de cárcel pese a la búsqueda del cuerpo del delito fuese infructuosa. El denominado Crimen de Cuenca, por el que fueron condenados dos pastores a 18 años de cárcel por la presunta muerte de un tercero que fue descubierto vivo a los 8 años, sirve como ejemplo para explicar la reticencia de los jueces de firmar condenas por homicidio sin el hallazgo del cadáver. En la orilla contraria se sitúan los casos de El Nani, el químico de Algete y la desaparición de Publio Cordón, cuyos detenidos acabaron entre rejas.

7 Comentarios

Ver los Comentarios

También te puede interesar

Lo último