Las consultas en las bibliotecas podrán realizarse en la fase 2
El servicio se prestará con aforo reducido
El uso como sala de estudio aún debe esperar
El Ministerio de Cultura y Deporte ha elaborado una guía con recomendaciones para la protección de la salud y la seguridad tanto para el personal de bibliotecas como para los usuarios de los servicios en las provincias que se encuentren en las fases 0, 1 y 2 de la desescalada. Las directrices están basadas en las órdenes ministeriales de Sanidad para la transición hacia una nueva normalidad.
Las recomendaciones han sido elaboradas por la Dirección General del Libro y Fomento de la Lectura a través de la Subdirección General de Coordinación Bibliotecaria. En su preparación se han tenido en cuenta los consejos internacionales de buenas prácticas de manipulación de libros y otros materiales en bibliotecas durante la crisis del Covid-19. También se ha escuchado a la Biblioteca Nacional de España y a la comisión permanente del Consejo de Cooperación Bibliotecaria.
En ellas se establecen las principales medidas para el personal trabajador de bibliotecas; previas a la reapertura al público; de higiene y prevención; de información; acerca del préstamo domiciliario y devolución de obras; sobre las colecciones en libre acceso y la consulta en sala.
En las Fases 0 y 1 se recogen principalmente y de forma general las condiciones recomendadas para las actividades de préstamo y devolución de obras e información bibliográfica y bibliotecaria. Desde el 18 de mayo, las bibliotecas ubicadas en territorios en Fase 0 han podido prestar determinados servicios en las mismas condiciones que las bibliotecas de territorios en Fase 1.
Las limitaciones de las fases 0 y 1
En ambas fases no podrán llevarse a cabo actividades culturales, de estudio en sala o de préstamo interbibliotecario. Tampoco se podrá hacer uso de los ordenadores y medios informáticos, así como de catálogos de acceso público en línea o catálogos en fichas de la biblioteca.
Sin embargo, en la Biblioteca Nacional de España y en las bibliotecas especializadas o con fondos antiguos, únicos o excluidos de préstamo, se podrá permitir la consulta de publicaciones con reducción de aforo y sólo en los casos en que se considere necesario. La consulta estará restringida a fondos antiguos, especiales, únicos o excluidos de préstamo domiciliario por otros motivos.
A partir de la Fase 2, las bibliotecas, tanto de titularidad pública como privada, podrán llevar a cabo ya las actividades de consulta en sala con aforo reducido y medidas extraordinarias de limpieza y desinfección, así como el préstamo interbibliotecario.
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