Los bares de Sevilla podrán ocupar las fachadas colindantes con la autorización de los vecinos
Urbanismo
Los dueños de los negocios tienen desde el viernes para presentar el formulario sobre el aumento de los veladores si cumplen con los requisitos
Veladores en las fachadas colindantes si el vecino lo autoriza. Ésta es la principal novedad que la Gerencia de Urbanismo presentó ayer a la asociación de hosteleros junto a un formulario único y un modelo técnico para la tramitación de las solicitudes que se presenten de acuerdo con la orden ministerial para pedir un aumento del espacio de terraza o del 50% de las mesas y sillas. Este procedimiento será aprobado el jueves en el consejo de la Gerencia, estará colgado en la página web de Urbanismo el viernes y tendrá un tiempo de tramitación ágil para garantizar una respuesta adecuada al sector. Para favorecer la eficacia de estas medidas y su control, el Ayuntamiento y los hosteleros mantendrán una mesa de trabajo y colaboración permanente.
Como norma general, los establecimientos pueden instalar la mitad de los veladores que tienen autorizados. Para ello, no se requiere ninguna autorización ni permiso del Ayuntamiento. Sí se exige que entre cada velador haya una distancia mínima de dos metros, que se respete en todo momento la senda peatonal, que no se invada en ningún caso la salida de portales, locales o salidas de emergencia, y que se guarde una distancia de 1,5 metros con los servicios públicos o establecimientos.
Sin pedir ninguna autorización, se permite que durante este periodo transitorio se reagrupen dos mesas con hasta diez comensales siempre y cuando no se invada las sendas peatonales, salidas de portales, locales o salidas de emergencia en el caso de que no haya espacio para instalar el 50% de los veladores en la zona asignada para la terraza. Los dos modelos propuestos no conllevan un aumento del aforo autorizado ni en cuanto a mesas ni en sillas, debiendo garantizarse la distancia de dos metros.
El Estado establece la posibilidad de que se solicite un incremento del espacio asignado para terraza con el objetivo de instalar la mitad de los veladores con una separación mínima de dos metros o para poder poner un mayor número de veladores siempre con el límite máximo de los que tenía autorizados el establecimiento con carácter previo a la crisis sanitaria. En este caso, deberá ser autorizado por el Ayuntamiento de acuerdo con una serie de criterios y supuestos. Para agilizar los trámites se facilitará un modelo de solicitud que deberá entregarse vía telemática desde el viernes con la documentación preceptiva. La propuesta del hostelero se validará técnicamente y será sometida a inspección posterior.
El primero de los criterios básicos consiste en la posibilidad de alcanzar acuerdos con las fachadas colindantes para ocupar parte de su espacio con veladores siempre y cuando no se obstaculicen los accesos y salidas de portales, locales, garajes o salidas de emergencia, ni se invada la senda peatonal. Tendrá que haber una autorización expresa.
Además, se tendrán que mantener los itinerarios peatonales accesibles existentes; cuando la terraza linde con el carril bici la separación será de 20 centímetros; se debe respetar la separación de 1,5 metros a otros establecimientos o servicios públicos (quioscos, paradas de autobús, paradas de taxis y salidas de emergencia); y en las plazas, bulevares y similares podrá ampliarse la terraza siempre que se garantice el uso público de la plaza frente a la utilización privativa por el hostelero.
En cumplimiento de lo dispuesto por Sanidad, se aplicará un criterio de proporcionalidad. La superficie de la terraza autorizada deberá aumentar en proporción al número de veladores por encima del 50% que se autoricen sin afectar a itinerarios peatonales.
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