Seis asociaciones del centro presentan un recurso judicial para la suspensión del plan de tráfico

Los vecinos aluden a la lesión del derecho a la libertad de residencia y la libre circulación por todo el territorio español.

Seis asociaciones del centro presentan un recurso judicial para la suspensión del plan de tráfico
Seis asociaciones del centro presentan un recurso judicial para la suspensión del plan de tráfico
E.p., Sevilla

02 de diciembre 2010 - 16:41

Un total de seis asociaciones de vecinos pertenecientes a otras tantas zonas del casco histórico han presentado recursos ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) en los que solicitan la suspensión cautelar del plan para la regulación del tráfico en el centro de la ciudad.

En concreto, el escrito supone la interposición de recurso contra la modificación de la ordenanza de circulación de peatones y ciclistas aprobada en el Pleno del pasado mes de septiembre por entender que esta disposición y los acuerdos de los que trae causa "no se ajustan a derecho".

Este recurso, que se presenta días después del registrado por el portavoz municipal del PPdías después del registrado por el portavoz municipal del PP, Juan Ignacio Zoido, en el que, además se solicitaba una paralización cautelar provisionalísima que ya ha sido rechazada, utiliza una argumentación muy similar a éste.

Para estos residentes, la aplicación de la ordenanza sobre el centro histórico, una superficie de unos 3,94 kilómetros cuadrados dividida en diez barrios y con unos 55.000 habitantes, supondría la comisión de una "ilegalidad" y de "una violación de derechos fundamentales recogidos en la Constitución".

De esta forma, los vecinos del casco antiguo denuncian la "gravedad" de la medida impuesta para sancionar la permanencia de más de 45 minutos en el centro para los vehículos no autorizados, lo que "provoca una desigualdad frente a personas que viven en otras zonas de la ciudad".

A juicio de los recurrentes, el Ayuntamiento se ampara en una ley de "menor rango" para proceder a esta ordenanza, según la cual la restricción al centro se contemplaría en casos excepcionales, cuando haya necesidad de ello. También se alude a la lesión a derechos y libertades susceptibles del amparo constitucional, como es el caso del derecho a la libertad de residencia y libre circulación por todo el territorio español.

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