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El arzobispo de Sevilla mantiene la suspensión de los actos religiosos en la vía pública

La procesión del Corpus tendrá un carácter claustral y se impartirá la bendición desde el atrio de los templos

El arzobispo, monseñor Asenjo; y el obispo auxiliar, monseñor Gómez Sierra, durante la reunión. / M. G.

El Arzobispado de Sevilla ha emitido un decreto en el que se regula cómo será la vuelta de los fieles a los templos sevillanos durante las distintas fases de la desescalada. Las normas adoptadas son las mismas que las dictadas hace unos días desde la Conferencia Episcopal Española, pero sí se establecen otras recomendaciones y directrices en el caso de Sevilla que afectan, por ejemplo, a las hermandades y cofradías.

El Consejo Episcopal de la Archidiócesis de Sevilla ha debatido este miércoles cómo será esa vuelta a la normalidad. Tras el encuentro, el arzobispo, monseñor Asenjo, ha emitido un comunicado en el que establece, en lo que respecta a la celebración del Corpus Christi, que donde pueda celebrarse tendrá un carácter claustral, impartiéndose la bendición con el Santísimo desde el atrio del templo, o una de las puertas en el caso de la Catedral.

Monseñor Asenjo mantiene la prohibición de celebrar procesiones y otros actor religiosos en la vía pública mientras duren las restrucciones de movilidad impuestas por el decreto de alarma. También se recomienda, entre otras medidas, que se evite el contacto con las imágenes sagradas.

También se dispensa a las hermandades que no puedan llevar a cabo sus cultos, celebraciones y actos de piedad o devoción por las restricciones de movilidad, quedan dispensadas, siempre con los párrocos o directores espirituales. En cuanto a los cabildos generales, elecciones u otros actos, hay que actuar según las indicaciones del delegado episcopal para Asuntos Jurídicos para las hermandades.

Reunión del Consejo Episcopal de la Archidiócesis de Sevilla este miércoles. / M. G.

En lo que respecta a la vuelta de los fieles a los templos, se mantienen las limitaciones de aforo del 30% en la primera fase de desescalada y del 50% en la segunda, mantener las puertas de los templos abiertas, o la necesidad de utilizar mascarillas y guantes.

En cualquier caso, y por lo problemas que pueda suponer para muchos fieles, se mantiene la dispensa para la participación en la misa dominical y demás celebraciones de precepto mientras estén en vigor las restricciones de aforo, recomendándose seguir la celebraciones por los medios de comunicación.

Dispensas sacramentales

Monseñor Asenjo ha firmado otro decreto en el que aprueba algunas dispensas sacramentales a raíz de la "gravísima situación sanitaria que se viene padeciendo desde el mes de marzo en España".

El arzobispo ha dispensado hasta el 31 de diciembre de 2020 del requisito de haber recibido la confirmación para aquellas personas que han sido elegidas como padrinos de Bautismo en menores de 14 años. Si bien, "quedando comprometidos, para la licitud de esta dispensa, a continuar -o iniciar- el proceso catequético de preparación para recibir aquel sacramento en cuanto las circunstancias lo permitan", reza el decreto.

Asimismo, quedan dispensados hasta final de año los contrayentes que no hayan recibido el sacramento de la confirmación, aunque al igual que en el caso anterior, deberán continuar su proceso catequético cuando sea posible.

Finalmente, con el actual decreto se delega al párroco "que lícitamente instruya el expediente matrimonial, hasta el 31 de agosto de 2020, para dispensar de las amonestaciones canónicas en aquellos casos en los que la toma de dichos haya debido celebrarse sin que pueda cumplirse el plazo establecido para ello". En el resto de casos, si se requiere alguna otra dispensan o licencia para el matrimonio o debe trasladarse el expediente a otra diócesis, se procederá de la forma habitual, "solicitando la misma al delegado episcopal para los Asuntos Jurídicos Sacramentales".

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