El arrepentimiento del Prenda llega tras el rechazo de dos permisos de salida
El caso de la Manada
La sentencia prohibió además a los jóvenes comunicarse por cualquier medio con la víctima
El Prenda, de La Manada, reconoce que violó a la joven en Pamplona y le pide perdón
¿Qué beneficios penitenciarios puede obtener El Prenda tras su confesión y arrepentimiento?
Una petición de perdón a la víctima tras dos permisos de salida denegados. José Ángel Prenda, uno de los cinco jóvenes sevillanos que integraban la denominada Manada que violó a una joven en los Sanfermines de 2016 y fue condenado a 15 años de cárcel, ha pedido perdón a la víctima en una carta manuscrita dirigida a la víctima pero que ha remitido a la Audiencia de Navarra, el tribunal que los condenó en primera instancia.
Hasta este momento, los cincos jóvenes siempre habían mantenido su inocencia, una tesis que su abogado defensor, Agustín Martínez, sostuvo ante el Tribunal Supremo, que revocó la inicial condena de nueve años de cárcel por abusos sexuales y elevó a 15 años la condena por un delito continuado de agresión sexual.
El abogado, que no ha querido pronunciarse sobre el reconocimiento del delito por parte de José Ángel Prenda, sí que ha confirmado la existencia y la veracidad de la carta, que está fechada el 22 de julio de 2021 en el centro penitenciario de Puerto III, donde cumple condena.
En esta misiva, Prenda aclara que se trata de una decisión que ha tomado "a título personal” y muestra su "total arrepentimiento por el delito" por el que cumple esta condena y su "solicitud personal de perdón a la víctima por los daños causados", los cuales asegura que “lamenta profundamente” y hace extensivo su perdón a los familiares directos.
Acto seguido, el joven pide que su perdón "sea comunicado y trasmitido a la víctima y a sus familiares a través de los medios que dispone la Administración de Justicia para ello”, pero lo que resulta igualmente llamativo es el inciso que introduce entre paréntesis acto seguido, en el que solicita lo siguiente: “que por favor conste en mi ejecutoria y expediente penitenciario esta solicitud por escrito y se me dé copia de la misma”.
Este párrafo es absolutamente revelador, puesto que la carta se ha enviado después de que José Ángel Prenda haya solicitado al menos dos permisos de salida de la cárcel de Puerto III, los cuales han sido rechazados por la junta de tratamiento de la prisión, según han confirmado a este periódico fuentes del caso.
El interno ha podido solicitar estos permisos porque los cincos jóvenes de la Manada han cumplido ya una cuarta parte de la pena. En concreto, han cumplido ya aproximadamente cuatro años y dos meses de los 15 años de prisión a los que fueron condenados por la violación de la joven madrileña en julio de 2016, por lo que según el artículo 154 del Reglamento Penitenciario pueden solicitar permisos ordinarios de salida. Otra cosa es que la junta de tratamiento de la cárcel se los conceda o no, como ha ocurrido en el caso de Prenda, al que se le ha rechazado en dos ocasiones.
Dice este artículo que se podrán conceder, “previo informe preceptivo del Equipo Técnico, permisos de salida ordinarios de hasta siete días de duración como preparación para la vida en libertad, hasta un total de treinta y seis o cuarenta y ocho días por año a los condenados clasificados en segundo o tercer grado respectivamente, siempre que hayan extinguido la cuarta parte de la condena o condenas y no observen mala conducta”.
El reconocimiento del delito, la conciencia del mal causado con el mismo y el arrepentimiento, con el perdón a la víctima o al ofendido, no son requisitos que figuran en la ley para obtener beneficios penitenciarios o acceder a una progresión de grado, aunque es cierto que son elementos que se valoran por las juntas de tratamiento a la hora de la concesión de los mismos. En cualquier caso, son los informes psicológicos los que tienen que determinar si ese arrepentimiento es realmente sincero o no, y si debe ser tenido en cuenta favorablemente a la hora de la concesión del permiso, han precisado fuentes expertas en materia penitenciaria consultadas por este periódico.
El envío de la carta por parte de Prenda es un elemento más a tener en cuenta para unos permisos que ya le han sido rechazados en dos ocasiones. No obstante, cabe recordar que la sentencia que condenó a la Manada incluía expresamente la “prohibición de comunicación por cualquier medio de comunicación o medio informático o telemático, contacto escrito, verbal o visual” con la víctima.
La carta termina con el compromiso del reo de trabajar "incansablemente" por reparar el daño causado a la víctima, otro elemento que podría influir a su favor si la junta de tratamiento del centro estima igualmente que es sincero.
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