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Zoido rechaza adherirse al Fondo Social de Viviendas para desahuciados

El gobierno local alega que estudia "otras medidas" para paliar los desalojos y el PSOE exige al alcalde que rectifique.

Zoido rechaza adherirse al Fondo Social de Viviendas para desahuciados
A. S. Ameneiro

15 de marzo 2013 - 05:03

El Ayuntamiento de Sevilla ha rechazado sumarse al Fondo Social de Viviendas para afectados por desahucios que, desde el pasado enero, permite el acceso a miles de pisos de las entidades bancarias a cambio del pago de un alquiler mensual que oscila entre 150 y 400 euros, con un límite máximo del 30% de los ingresos netos totales de la unidad familiar. El contrato tendrá una duración de dos años prorrogables a tres.

En toda España los bancos ofrecen para este fin casi 6.000 viviendas que empezarán a entregarse en mayo. En el caso de Sevilla capital los bancos han ofrecido por ahora el alquiler de 43 inmuebles (el listado puede consultase en www.imserso.es).

A preguntas de este periódico, el gobierno municipal de Juan Ignacio Zoido (PP) justificó este jueves su negativa en que "el Consistorio está estudiando otras medidas" para paliar el drama de los desahucios, pero no detalló de qué medidas se trata. Esta decisión del equipo de gobierno local contrasta con los miles de desahucios que se producen en Sevilla: una media de 1.300 a 1.400 cada año, según datos oficiales del partido judicial de Sevilla, integrado por la capital y los municipios más cercanos que carecen de juzgados.

El Grupo Socialista del Ayuntamiento criticó este jueves este rechazo municipal y pidió al alcalde Zoido que rectifique, sobre todo ahora que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea acaba de declarar que los desahucios por impago de una hipoteca son contrarios a la legislación europea de protección de los consumidores. "La sentencia que se conoció ayer es un argumento más para pedirle a Zoido que suscriba ese convenio con la Femp; que el alcalde camine en la dirección que marca Bruselas y se ponga de lado de los consumidores", reclamó el portavoz adjunto socialista Antonio Muñoz. En opinión del PSOE, no hay justificación para negarse a adherirse a una iniciativa que no supone coste económico alguno para el Ayuntamiento.

El Fondo Social de Viviendas se puso en marcha a iniciativa de la Federación Española de Municipios y Provincias (Femp) a través de convenios con el Banco de España, 33 entidades financieras y varios ministerios. Va dirigido a familias desahuciadas de su primera vivienda a partir del 1 de enero de 2008, con bajos ingresos (que no superen el límite de tres veces el Indicador Público de Renta) y que se encuentren en situación de "especial vulnerabilidad".

En la provincia de Sevilla tan sólo el Ayuntamiento de Pruna se ha sumado al Fondo Social de Viviendas. El listado también puede verse en la web del Imserso.

Según el texto del convenio, firmado el 17 de enero, el papel de los ayuntamientos que voluntariamente se adhieran a este fondo social de viviendas consiste en analizar los casos más urgentes de familias desahuciadas y determinar cuáles están en riesgo de exclusión social y debe ofrecérsele una solución prioritaria. Este análisis lo deben realizar los servicios sociales de los ayuntamientos, a petición de las entidades de crédito.

La Femp aclara que los ayuntamientos o diputaciones que quieran adherirse deben adoptar un acuerdo en el Pleno de la Corporación o en la Junta de Gobierno Local. Le corresponde al alcalde o presidente firmar el protocolo de convenio. Ninguno de estos pasos se ha dado aún en el Ayuntamiento de Sevilla ni va a suceder por el momento, asegura el gobierno de Zoido.

La Femp, un organismo que presidía Zoido hasta el verano pasado, aclara que el convenio para crear el Fondo Social de Viviendas responde a la encomienda del Gobierno central de Mariano Rajoy, incluida en el Real Decreto-ley 27/2012 de 15 de noviembre de medidas urgentes para reforzar la protección a los deudores hipotecarios.

En esa norma el Ejecutivo de Rajoy se marcaba "promover con el sector financiero un fondo social de viviendas propiedad de las entidades de crédito y destinadas a atender a las personas desalojadas por el impago de un préstamo hipotecario, cuando concurren en ellas circunstancias de especial vulnerabilidad". El banco que ofrece la vivienda debe ser el mismo que ejecuta el desalojo.

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