Urbanismo ordena demoler dos viviendas que antes eran un local
Mano dura contra los incumplidores
Los técnicos detallan que las obras no son legalizables al contar con una superficie útil menor a los 40 metros cuadrados
De vivienda a local por imposición de la Gerencia de Urbanismo. Lo contrario a lo que lleva de moda casi un año. La propiedad de dos pisos del barrio de San Julián tendrá que demoler la totalidad de la entreplanta y la escalera de acceso; reponer el hueco de la fachada a su estado original; y derribar la totalidad de las distribuciones realizadas para conformar esas dos viviendas, recuperándose el establecimiento inicial, diáfano y sin uso, contando únicamente con un aseo. En el expediente sobre este edificio que cuenta con un nivel de protección C parcial en grado 1 se estima un plazo suficiente de 20 días para la ejecución de estas medidas, y se considera necesaria la ocupación de la vía pública con un contenedor para la retirada de escombros y material sobrante. Los técnicos calculan que el presupuesto es de 26.911 euros.
En los antecedentes del edificio enclavado en el número 16 de la calle Hiniesta se describe que para las obras de reforma no constan antecedentes de licencia. Se trata de un local de unos 78 metros cuadrados en el que se han realizado algunas obras sin licencia, como su adecuación a dos viviendas independientes con acceso a través de la zona común de planta baja. Una de ellas es interior, lo que provocó que los técnicos no pudieran inspeccionarla. La vivienda que linda con la fachada (de unos 28,5 metros cuadrados) se distribuye en salón, cocina, dormitorio y baño. Además, se realizó una ampliación por entreplanta en primera crujía de unos 20 metros cuadrados. Las alturas libres de ese espacio son de 2,4 metros la inferior y 2,1 la superior. En la fachada del hueco de paso original del local se transformó en una ventana.
El servicio de licencias e inspección urbanística entiende que las obras no son legalizables ya que ambas viviendas incumplen unos artículos del Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) por el que la superficie útil de un piso no puede ser inferior a 40 metros cuadrados y prohíbe las viviendas interiores. Las obras de ampliación por entreplanta (que se ubica en la primera crujía protegida) y la transformación del hueco de la fachada quebrantan lo dispuesto en las ordenanzas del Plan Especial. La casa de pisos del siglo XX tiene protegida la fachada, primera crujía completa, tipo de cubierta, los patios y la disposición de la escalera.
El cambio de uso de local a vivienda lleva unos meses de moda. Habitual durante los años del boom inmobiliario, ahora regresa con el auge del turismo. Hasta las caracolas de la Gerencia en la Isla de la Cartuja llegan todos los meses decenas de solicitudes de propietarios para tramitar la permuta. No todas cumplen la normativa. Varios son los factores que explican este renacer. Por un lado, la alta demanda de viajeros por alojarse en una ciudad que no para de batir récord de pernoctaciones. Dormir en un antiguo negocio es una opción, lo que se traduce en una rentabilidad para la propiedad que duplica al alquiler tradicional. Por otro, los precios de la vivienda no dejan de subir y la compra de este tipo de inmuebles resulta más barata.
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