El Supremo prorroga por un mes el dictado de la sentencia del juez Serrano
El Alto Tribunal alega en un auto la "complejidad de la causa" para retrasar el fallo
El Tribunal Supremo ha prorrogado durante 30 días hábiles el plazo para dictar la sentencia del juez de Familia de Sevilla Francisco Serrano, que fue condenado por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) a dos años de inhabilitación por un delito de prevaricación culposa en relación con su decisión de ampliar el régimen de visitas para permitir que un niño de 11 años saliera de paje en una cofradía de la Madrugada de la Semana Santa de 2010.
El Alto Tribunal ha justificado la ampliación del plazo para dictar la sentencia en la "complejidad de la causa", después de la vista celebrada el pasado 30 de mayo y en la que la Fiscalía pidió la confirmación de la sentencia del TSJA, al entender que el juez Serrano actuó con "absoluto olvido y desprecio de la norma jurídica".
Algunas fuentes consideran que el hecho de que se haya ampliado el plazo para dictar la sentencia demuestra que hay debate entre los magistrados del Alto Tribunal y que la posible decisión no está clara.
La sentencia del TSJA condenó al magistrado al entender que el juez incurrió precisamente en prevaricación culposa por haber omitido trámites ante "un simple deseo infantil". Esta sentencia contó con el voto particular del magistrado Jorge Muñoz Cortés, que exculpó a Francisco Serrano al considerar que su decisión "no fue injusta" y su conducta tenía una "explicación en Derecho", además de estimar que la urgencia de la medida se enmarcaba en el contexto de la Semana Santa sevillana y en la tradición cofradiera de la familia.
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