La aldaba
Carlos Navarro Antolín
Más allá de la voz de la Laura Gallego
El Supremo castiga más a Carcaño y ordena revisar el caso de Samuel
El incremento de la condena radica en que el asesino confeso aumentó el sufrimiento de la familia con las seis versiones La Audiencia deberá fundamentar la absolución del amigo íntimo
El juicio por el asesinato de Marta del Castillo no se repetirá. El Tribunal Supremo ha dinamitado la última esperanza de la familia de Marta del Castillo por esclarecer la desaparición de su hija. El Alto Tribunal ha ordenado a la Audiencia de Sevilla que dicte una nueva sentencia en el caso de Samuel Benítez, el que fuera amigo íntimo del asesino confeso, Miguel Carcaño, al estimar que no resulta lógico el razonamiento que el tribunal dio a la hora de absolverle.
La sentencia, que aún no se ha notificado a ninguna de las partes pero que ya ha trascendido, también ordena a la Audiencia de Sevilla que eleve la condena a Miguel Carcaño, al considerarle autor de un delito contra la integridad moral, por haber aumentado el dolor de la familia con sus continuos cambios de versión de los hechos -en estos cuatro años ha llegado a ofrecer hasta seis versiones distintas- y no haber revelado el paradero del cuerpo de Marta. Carcaño, de acuerdo con esta decisión, podría ver cómo se aumenta su condena en hasta otros dos años de prisión, ya que el Tribunal Supremo ha confirmado su condena de 20 años por el delito de asesinato, rechazando de esta forma la petición de su defensa para que su crimen se considerara como un delito de homicidio al no existir alevosía. También podría ser condenado a pagar los 616.319,27 euros que costó la búsqueda de Marta, si bien la Audiencia de Sevilla ya dijo en su sentencia que esos gastos forman parte de la "investigación" del caso y constituían una "obligación de la Policía".
El fallo ha confirmado, de otro lado, la absolución de los otros dos acusados, Javier Delgado, hermano del asesino confeso, y de su novia, María García, que estaban acusados de delitos de encubrimiento y contra la integridad moral, y que se enfrentaban a penas de ocho y cinco años, respectivamente, ya que en el caso de Javier Delgado se le atribuía además un delito de amenazas al Cuco.
El hecho de que el Alto Tribunal haya ordenado que se dicte nueva sentencia en el caso de Samuel Benítez no implica que la Audiencia de Sevilla tenga que dictar necesariamente una sentencia condenatoria, sino que tendrá que argumentar y razonar mejor por qué los magistrados consideran que este joven es inocente al declarar probado ni siquiera estuvo la noche del 24 de enero de 2009 en el piso de León XIII, donde se cometió el crimen.
La sentencia de la Sección Séptima de la Audiencia de Sevilla quiso salvar la contradicción con la resolución que condenó por encubridor al Cuco -en la que se situaba a Samuel como uno de los jóvenes que ayudó a sacar el cuerpo-, afirmando que Miguel y el menor, "con ayuda al menos de un tercero desconocido" colocaron el cuerpo de la joven en una silla de ruedas y a continuación hicieron desaparecer el cadáver.
Los magistrados llegaron entonces a la conclusión de que la localización de las llamadas de los móviles y las declaraciones de los testigos acreditaban que Samuel Benítez estuvo en Montequinto hasta las 2:00 y que, por tanto, no pudo participar en el traslado del cuerpo, que este tribunal fijó en torno a las 22:15 en clara contradicción con el criterio del juez instructor, de la Policía y de la Fiscalía, que estimaban que el cadáver fue sacado de madrugada.
La Audiencia señaló que no había restos biológicos de Samuel Benítez en el piso de León XIII ni en el Volkswagen Polo que habría sido empleado para trasladar el cuerpo. "Ni un solo dato corrobora mínimamente" las declaraciones de Carcaño, afirmó este fallo.
En cuanto a su confesión y participación en los hechos, que tuvo lugar en su primera declaración ante la Policía tras haber sido detenido, la Audiencia señaló que estas afirmaciones de Samuel Benítez eran "contradictorias" y no fueron ratificadas en el juzgado, por lo que no tenían valor.
La sentencia del Tribunal Supremo cuenta con dos votos particulares, de los magistrados Miguel Colmenero y Alberto Jorge Barreiro, el primero de los cuales se opone a la revisión de la sentencia de Samuel Benítez, y el segundo al incremento de la condena de Carcaño. El retraso a la hora de redactar estos votos particulares es lo que ha motivado que aún no se haya notificado la sentencia.
El fallo del caso Marta ha dividido profundamente a la Sala de lo Penal del Supremo, cuyos cinco magistrados no se pusieron de acuerdo sobre la petición de la repetición del juicio, como habían solicitado la Fiscalía y los padres de Marta. Se espera que el Supremo notifique oficialmente la sentencia en breve.
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