'Sevilla Global' anuncia un ERE cuando se acuerde su disolución
El comité de empresa asegura que es "radicalmente falso" que un "imperativo legal" obligue a disolver la empresa
El gerente de Sevilla Global, una sociedad anónima participada en solitario por el Ayuntamiento hispalense, ha anunciado a la plantilla que el pleno ordinario de la Corporación local correspondiente al mes de junio debatirá la aprobación final del expediente de disolución emprendido el pasado mes de marzo. Una vez zanjado este paso, esta plantilla de 52 trabajadores será sometida a un expediente de regulación de empleo de carácter extintivo, si bien el Consistorio hispalense estudia el posible reintegro de empleados de Sevilla Global en sus diferentes delegaciones.
Según han informado fuentes sindicales y del propio Ayuntamiento, fue el pasado viernes cuando Pedro Maestre, gerente de Sevilla Global, informó a los representantes de la plantilla del cronograma previsto de cara a la disolución de esta sociedad anónima municipal. El consejo de administración de empresa, de hecho, será convocado la primera quincena del mes de junio al objeto de tomar conocimiento de este mismo cronograma, que arrancó el pasado mes de marzo con la aprobación plenaria relativa al nacimiento del citado expediente de disolución.
De cualquier modo, y según han informado las citadas fuentes, el pleno ordinario que el Ayuntamiento debe celebrar el mes de junio habría de debatir, y previsiblemente aprobar dada la mayoría absoluta con la que cuenta el PP, el texto definitivo de este expediente de disolución. A partir de entonces, la plantilla sería sometida a un expediente de regulación de empleo extintivo con efectos sobre todos y cada uno de los empleados. El Ayuntamiento hispalense, no obstante, estudia actualmente la posibilidad de reintegrar en sus delegaciones a los trabajadores de la empresa que pertenezcan a determinados servicios, un extremo que aún habría de madurar.
El comité de empresa, de su lado, había trasladado ya a los miembros del consejo de administración de esta sociedad anónima un escrito defendiendo que es "radicalmente falso" que un "imperativo legal" obligue a disolver la empresa, aspecto inicialmente asociado al plan de ajuste acordado por el Consistorio para acogerse al real decreto Ley 4/2012, relativo a medidas de endeudamiento para zanjar las deudas de las administraciones con sus proveedores.
Según esgrimía inicialmente el Ayuntamiento, la disolución de Sevilla Global respondía a un "imperativo legal" al incurrir supuestamente esta sociedad en causa de disolución. Pero el comité de empresa, en esta carta, advertía de que "es radicalmente falso que exista un imperativo legal que obligue a la disolver Sevilla Global". Según los trabajadores, el artículo 103.2 del Texto Refundido de las Disposiciones Legales en el Régimen Local, relativo a extremos de disolución, "no es de aplicación para Sevilla Global".
Igualmente, "ningún artículo del Real Decreto Ley 4/2012 establece el imperativo legal de proceder a la disolución de aquellas empresas que presenten pérdidas superiores a la mitad del capital social". De tal manera, el comité de empresa entendía que la disolución, con efectos sobre 52 trabajadores, responde a "un mero capricho del interventor municipal y de los miembros de la Corporación que han votado a favor, dañando a las personas que trabajamos honradamente en esta sociedad". De cualquier forma, fuentes municipales han señalado que la decisión de disolver la empresa se enmarca en su ausencia de "eficacia o eficiencia" y al detectar que su funcionamiento implica una "duplicidad" de servicios con relación al propio Ayuntamiento de Sevilla, socio único de esta sociedad anónima.
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