Serrano vuelve a ser juez
El Constitucional tumba el fallo del Supremo pero confirma su inhabilitación por dos años, pena que ya ha cumplido Francisco Serrano regresará a la carrera pero pedirá la excedencia.
Francisco Serrano Castro volverá a ser juez después de seis años apartado de la judicatura. El Tribunal Constitucional ha estimado parcialmente el recurso de amparo que presentó el que fuera juez de Familia número 7 de Sevilla, anulando la condena de diez años de inhabilitación que le impuso el Tribunal Supremo y devolviendo el caso a la anterior sentencia que dictó el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), que le inhabilitó por dos años por un delito de prevaricación culposa.
El fallo del Constitucional, que declara "inconstitucional" la sentencia del Supremo, cuenta con tres votos a favor y dos votos particulares en contra de anular la anterior sentencia del Supremo, según explicó a este periódico el abogado del juez, Fernando Rodríguez Galisteo, que sustituyó al final del proceso, después de presentarse el recurso de amparo, al letrado Miguel García Diéguez.
Como quiera que han pasado seis años desde que en julio de 2011 el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) lo suspendiera cautelarmente de la profesión por modificar el turno de custodia de un menor para que pudiera salir en una cofradía de la Madrugada, Serrano ha cumplido ya con creces la condena, por lo que puede solicitar su reingreso en la carrera. Y de hecho, así lo hará, aunque Serrano tendrá primero que solicitar el reintegro en la carrera al máximo órgano de gobierno de los jueces y optar al primer concurso para una plaza de magistrado disponible. En principio no podrá recuperar su antigua plaza en el juzgado de Familia número 7.
La noticia sobre su rehabilitación fue anunciada ayer por el propio Serrano, quien explicó que inicialmente volverá a la carrera judicial, porque lo importante es el hecho de haber sido rehabilitado, aunque añadió que tras su vuelta a continuación pedirá una excedencia voluntaria como magistrado. "Me han quitado una cosa que es mía. Una vez que vuelva a la carrera, ya tomaré mis decisiones a la vista de mi situación actual", aseguró ayer a este periódico el juez Serrano, que actualmente ejerce la abogacía desde que fue expulsado y que no dudó en recordar los "años de angustia" que ha vivido a causa de su inhabilitación.
En las redes sociales amplió este mensaje. "Volver tengo que volver a la carrera judicial por dignidad y coherencia, pero mi camino ahora discurre por otros derroteros en los que incluso puedo servir mejor a la Justicia", aseguraba en su Facebook. El juez insistió en el cambio que supuso su expulsión de la carrera. "Mi vida ha cambiado, me la han hecho cambiar, he sufrido una dura metamorfosis, me he tenido que reinventar, por lo que ahora me debo a mi despacho profesional. Ante la posibilidad de elección, por tanto, ahora escojo por pedir la excedencia voluntaria de mi cargo de magistrado", insistió Serrano.
En Twitter, el juez reafirmó su decisión y tuvo unas palabras de agradecimiento a sus familiares por el calvario que ha sufrido estos años. "Vuelvo a la carrera judicial. Me reconcilio con la Justicia. Doy gracias a Dios, familia, amigos y perdono a los que me quisieron causar daño".
En julio de 2012, el Tribunal Supremo expulsó al juez Serrano de la carrera al elevar de dos a diez años la condena de inhabilitación. La resolución del Alto Tribunal conllevaba la expulsión de la carrera judicial del magistrado, que había sido condenado a dos años de suspensión por el TSJA por un delito de prevaricación culposa. La Sala de lo Penal del Supremo entendió que en el proceder del juez sí hubo dolo y no sólo negligencia, por lo que le elevó la pena en ocho años y le impuso además una multa de 2.160 euros, que Serrano pagó con la aportación de 100 jueces. La sentencia del Supremo contó con los votos particulares en contra de dos de los cinco magistrados que componen la Sala, que se opusieron al incremento de una condena que conllevaba la pérdida de la condición de juez de Serrano, y con ello su plaza y su categoría.
El argumento en el que se basó el Supremo para elevar la pena consiste en que Serrano tuviera conocimiento de que ya había un juzgado que se había pronunciado sobre la custodia del menor y dictado medidas provisionales, de manera que no le correspondía a él la competencia para prolongar en dos días la estancia del niño con su padre. "Conocedor de ese extremo, el juez acusado no debía actuar, al constarle la tramitación de la misma causa en otro juzgado competente y no existir razones de urgencia y necesidad que justificara su actuación", exponía la resolución ahora tumbada por el Constitucional. Los magistrados admitían no obstante que hay supuestos en los que la legislación permite a un juez intervenir pese a que exista una causa abierta por otro juzgado, pero entienden que en este caso no estaba justificado porque no se daban las condiciones de urgencia y necesidad que refleja el artículo 158.4 del Código Civil.
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