El juez Serrano pide el archivo de la causa al no haber indicio de delito
El letrado del magistrado ve correcta la decisión de alargar la estancia de un niño con su padre para salir en una cofradía
El juez de Familia de Sevilla Francisco Serrano, procesado como presunto autor de un delito de prevaricación tras modificar el turno de custodia de un niño de 11 años de edad establecido por el Juzgado de Violencia sobre la Mujer número 4, ampliando en día y medio su estancia con el padre al objeto de garantizar su salida como paje en una cofradía, ha solicitado su sobreseimiento libre y el archivo de las actuaciones al asegurar que "no existe en las actuaciones indicio alguno capaz de poner en duda" su correcto actuar en los hechos.
En el escrito de defensa elevado ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), al que ha tenido acceso Europa Press, el letrado del magistrado pone de manifiesto que, "después de casi un año de instrucción, y tras haberse practicado un importante número de diligencias documentales y haber sido oídos en declaración todos los testigos que de modo directo o indirecto pudieran haber tenido relación con los hechos investigados, no existe en las actuaciones indicio alguno capaz de poner en duda" su correcto actuar "en la tramitación del procedimiento de medidas cautelares que ha dado lugar a la apertura de esta causa".
El escrito afirma que "aunque es sabido que la inocencia no ha de acreditarse, pues el imputado goza de esa presunción, siendo la acusación la que ha de poner en solfa la misma mediante la correspondiente actividad probatoria, de todo lo actuado no sólo se desprende la posible comisión de delito por parte" del juez Serrano, "sino que, al contrario, las diligencias practicadas lo han sido en su descargo", por lo que pide el sobreseimiento libre ya que "los hechos no son constitutivos de delito, debiendo encuadrarse la actuación del juez en el ejercicio normal de su función jurisdiccional".
"En este asunto, se ha invertido la carga de la prueba y se ha practicado una auténtica prueba de la inocencia", según prosigue el letrado del magistrado, que, en el inicio del escrito, asevera que, "si bien inicialmente se justificaba la apertura de diligencias contra el juez por razón de la verosimilitud de los hechos narrados y su posible relevancia penal, tras la instrucción de la causa han desaparecido los motivos que justificaron la investigación criminal abierta".
El escrito analiza la acusación efectuada por la Fiscalía, que dice que la actuación del acusado "no vino corroborada por documento alguno del que se pudiera desprender el supuesto conflicto de intereses entre los progenitores" en cuanto a la salida del menor de paje. Sobre este punto, el abogado asevera que dicho reproche "carece de relevancia penal en el supuesto que nos ocupa, pues se trata de una mera crítica que no vincula en absoluto la labor que con absoluta independencia desarrolla un juez, y así el juzgador considera suficiente y creíble la manifestación del menor acerca de la posibilidad de que no se de cumplimiento por su madre a sus legítimos deseos de participar en una procesión".
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