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Rivas, Mellet y Ponce son culpables de exigir la mordida en Mercasevilla

'Caso Mercasevilla'

El jurado declara probado que el ex delegado de Empleo y el ex director del Mercado estaban "concertados" para reclamar la comisión ilícita tras mostrar un "interés desmedido" en la concesión de la ayuda de la Junta.

Mellet niega en su última palabra que cometiera un delito porque dice que se trató de una "negociación"
Jorge Muñoz

24 de octubre 2012 - 12:56

El jurado popular ha declarado este miércoles culpables de un delito de cohecho en Mercasevilla al ex delegado de Empleo Antonio Rivas y a los ex directivos del Mercado Central Fernando Mellet y Daniel Ponce, por haber exigido a los hosteleros de La Raza una comisión ilícita de 300.000 euros y otros 150.000 euros para una acometida eléctrica, a cambio de concederles la gestión de la escuela de hostelería. El veredicto ha declarado por unanimidad del jurado que la directora de Proyectos de la Fundación Regla Pereira es inocente del delito de cohecho, ya que aunque asistió a la primera reunión en la que se exigió el dinero, a juicio del jurado, esta trabajadora no tenía conocimiento de la mordida.

El veredicto, hecho público pasadas las 14:30 horas de este miércoles, ha declarado probado, por una mayoría de ocho votos a uno, que Antonio Rivas participó en la exigencia de la mordida. El jurado ha considerado acreditado que, tras conocer que la Consejería de Empleo había concedido una subvención de 900.000 euros para la escuela de hostelería, el entonces delegado de Empleo se puso en contacto con el director general de Mercasevilla Fernando Mellet y, "de común acuerdo, con el fin de obtener un enriquecimiento ilícito", ambos decidieron exigir a los responsables de La Raza una comisión de 300.000 euros a cambio de concederles la gestión técnica y explotación del centro de formación.

En la misma línea, el jurado considera probado por unanimidad que Fernando Mellet "encargó" al subdirector Daniel Ponce que mantuviera una reunión con los representantes de La Raza en la que debía realizar la petición del dinero y Ponce lo aceptó "conociendo la ilegalidad de dicha pretensión", haciendo la solicitud del dinero a Pedro Sánchez Cuerda en una reunión que tuvo lugar el 16 de enero de 2009.

Para el jurado, Mellet y Ponce, "con ánimo de enriquecimiento ilícito", estuvieron de acuerdo en condicionar la concesión de la gestión de la escuela al pago de los 300.000 euros más 150.00 euros, “con la excusa de destinar esta última cantidad a sufragar la acometida de electricidad” al local donde se iba a instalar el centro de formación.

El veredicto también considera acreditado, por unanimidad, que la forma de pago de los 450.000 euros sería "un efectivo" y dejándolos en el interior de un "maletín" olvidado en un despacho, de donde alguien lo recogería. El jurado también ha dado por probado que el 27 de enero de 2009 hubo una segunda reunión, que fue grabada por los empresarios, en la que los directivos les dijeron que los 300.000 euros iban destinados a la Junta, afirmando que "la Junta colabora con quien a su vez colabora con ella, prometiéndoles además que, si accedían a entregarles el dinero, el grupo La Raza obtendría luego favores tales como más subvenciones para futuros cursos y la concesión de todos los caterings que se organizaran".

Sobre Regla Pereira, el jurado no ha declarado probado que la directora de Proyectos de la Fundación, que asistió a esa segunda reunión, estuviera presente en el momento en que se realizó la petición de la mordida y ésta además se solicitara "con su conocimiento", por lo que el veredicto es de inocencia y el juez Ángel Márquez la ha invitado a que abandone su sitio en el banquillo de los acusados para pasar junto al público, donde la esperaba su padre, al que Pereira dio un fuerte abrazo.

El jurado ha declarado culpables por unanimidad a Fernando Mellet y a Daniel Ponce y ha rechazado, en contra de la tesis de la defensa, que existiera una "negociación" respecto a la forma de colaboración que habían acordado los representantes de La Raza en un convenio suscrito el 24 de mayo de 2006 y en el protocolo general que firmaron el Servicio Andaluz de Empleo (SAE), la Fundación Mercasevilla y la Asociación de Hostelería de Sevilla.

Condenan a Rivas por su "interés desmedido" en la subvención

El jurado popular ha condenado al ex delegado de Empleo Antonio Rivas por las declaraciones de los otros dos acusados, los ex directivos de Fernando Mellet y Daniel Ponce, y del jefe de la Policía Judicial que instruyó el atestado inicial remitido a la juez Mercedes Alaya, así como por las grabaciones realizadas por los hosteleros de La Raza, y porque los miembros del tribunal han considerado que el ex alto cargo tenía un "interés desmedido" en la concesión de la subvención de 900.000 euros.

A la hora de argumentar su decisión de declarar culpable a Antonio Rivas, el jurado ha tenido en cuenta principalmente las declaraciones que prestó en el juicio el jefe de la Policía Judicial de Sevilla, quien ratificó que Fernando Mellet -que se acogió a su derecho a no declarar en la fase de instrucción y en el juicio- manifestó en su comparecencia policial que la petición de la comisión de 300.000 euros fue una "idea" de Antonio Rivas, quien según el testigo señaló que el ex delegado le telefoneó diciéndole: "Nos ha tocado la lotería, nos han dado la subvención". El jurado también ha valorado las manifestaciones de Daniel Ponce, quien sí declaró en el juicio, y que corroboró que Mellet le había comentado que la petición de la colaboración para la Junta se solicitaba por "encargo" de Antonio Rivas.

Estos extremos corroboran, para el jurado, que entre Rivas y Mellet existía una relación "antigua", y además la grabación de los empresarios "demostró" que los directivos dijeron a los hosteleros que a cambio de ese dinero recibirían los cursos de formación subvencionados para la escuela de hostelería, unas ayudas que sí quedaban dentro de las competencias del delegado de Emplo. Estos aspectos corroboran, según los miembros del jurado, la "participación y concertación" de Antonio Rivas con Fernando Mellet y el "interés desmedido" que el jurado aprecia en el ex delegado de Empleo para que se concediera la subvención de 900.000 euros. El tribunal ciudadano también ha valorado las declaraciones testificales del ex consejero de Empleo Antonio Fernández y del supuesto conseguidor de los ERE Juan Laznas, quienes confirmaron la asistencia de Antonio Rivas en varias reuniones relacionadas con la concesión de la ayuda a pesar de que él no era competente para su concesión.

Todas estas cuestiones llevan al jurado a concluir que Antonio Rivas y Fernando Mellet estuvieron "siempre en contacto y existió un concierto para solicitar la subvención".

De otro lado, el jurado llega a la conclusión de que la cuantía de la comisión ilícita que se exigió a los hosteleros era de 450.000 euros, por cuanto entiende como una "excusa" que se pidieran 150.000 euros para la acometida eléctrica, cuando "nada se había hablado con anterioridad" ni se había comprometido a pagarla La Raza, por lo que ambas cantidades, según el veredicto, eran "injustificables" y no tenían por qué afrontarlo los hosteleros.

En cuanto a la acreditación de la exigencia del dinero en las dos reuniones que los empresarios tuvieron con los directivos del Mercado Central, el jurado ha fundado su decisión principalmente ne las declaraciones de los hosteleros Pedro Sánchez Cuerda y José Ignacio de Rojas, quienes manifestaron que los directivos les expusieron que habían "dos gastos no previstos", en alusión a la petición de "colaboración" de 300.000 euros y los otros 150.000 euros para la acometida eléctrica.

El jurado ha argumentado que respecto a que el dinero debía dejarse olvidado en un maletín es un aspecto corroborado igualmente por las declaraciones de Pedro Sánchez Cuerda y del ex jefe de gabinete de Presidencia Juan Gallo, que contó como los empresarios le indicaron que les habían indicado la posibilidad de dejar el dinero en un maletín.

Sobre la falta de conocimiento de la ex directora de Proyectos de la Fundación Regla Pereira, el veredicto señala que “ninguna persona ha declarado que fuera conocedora y cómplice” de la petición de la comisión.

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