Prohibido rodar barriles de cerveza
Nueva ordenanza de Ruidos
La nueva normativa, aprobada en el pleno municipal, regula de manera minuciosa una gran cantidad de actividades de la vida cotidiana.
Adiós a la típica imagen del camarero arrastrando el barril de cerveza, los relojes públicos no podrán anunciar acústicamente las horas, no se podrá dejar al perro sólo en el balcón, el patio o la terraza... La nueva Ordenanza Contra la Contaminación Acústica, Ruidos y Vibraciones, que se ha aprobado definitiva en el Pleno de este viernes, ha generado gran controversia entre el gobierno municipal y diferentes colectivos y asociaciones de vecinos y afectados por el ruido. Mientras que la delegación de Medio Ambiente defiende que compatibiliza el derecho al descanso con el oportuno desarrollo económico, se han presentado unas mil alegaciones a un texto que muchos tildan de paso atrás y de proteger al infractor más que al afectado. Al margen de esta polémica, la norma regula multitud de situaciones de la vida cotidiana.
"Queda prohibido hacer rodar o arrastrar en el interior de los establecimientos de actividades barriles de cerveza o mobiliario en general, debiendo realizarse su transporte mediante elementos que eviten la transmisión de ruido y vibraciones a dependencias del edificio ajenas a la actividad", ésta es una de las cuestiones que de manera minuciosa regula la ordenanza que previsiblemente se aprobará hoy. La norma, además de regular cómo hay, o cómo no hay, que manipular los barriles dentro de los bares, especifica cómo tiene que ser su carga y descarga. "Hay que utilizar soportes o elementos con ruedas revestidas de material elástico, quedando prohibido hacerlos rodar o arrastrarlos dentro o fuera del local".
En muchos de los artículos de la ordenanza se especifica la obligación de incorporar elementos amortiguadores del ruido en las actividades de carga y descarga y, por ejemplo, en las operaciones de reparto de gas envasado, estará totalmente prohibido "agitar las bombonas haciéndolas chocar entre sí para avisar de la presencia del vehículo de reparto o para cualquier otro motivo". Las mesas y las sillas de las terrazas de veladores deberán disponer unos tapones de goma para evitar las molestias.
También se prohíbe que bares y cafeterías puedan, por ejemplo, disponer de un aparato de televisión en una ventana o en la terraza de veladores. Tiene que estar en el interior siempre que se cumplan algunos requisitos. No podrán disponer de tele los establecimientos situados en zonas saturadas y, en cualquier caso, nunca podrán funcionar entre la medianoche y las 10:00.
La regulación de las terrazas de veladores, aunque no se reconoce como un emisor acústico en el texto, una de las principales quejas de las asociaciones vecinales, prohíbe toda una serie de cuestiones, como servir comidas o bebidas al público si permanece de pie dentro de la zona o en los aledaños, algo que podría afectar directamente a las concentraciones del Salvador, o la música en directo o la instalación de elementos de música. Tampoco estarán permitidos los juegos que puedan generar molestias, como los dados o el dominó, o incluso el cante. La ordenanza también deja claro que el mobiliario de las terrazas, una vez recogido, debe guardarse dentro del local y en ningún caso podrá permanecer fuera.
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