Notas al margen
David Fernández
El problema del PSOE-A no es el candidato, es el discurso
La Asociación Vecinal del Casco Norte de Sevilla La Revuelta denunciará mañana en Urbanismo que la promoción inmobiliaria de la calle Pasaje Mallol 11-13-15 "vulnera seriamente" las normas urbanísticas de la ciudad porque no prima "el uso artesanal, artístico o de servicios avanzados" que dicta la normativa, sino que son "meras viviendas, a la vista de la información facilitada por las propias entidades promotoras, que además se jactan de tenerlo ya todo vendido". Entiende que "el proyecto, tal y como se ha presentado y publicita, no debería ni llegar derivado a Cultura y el propio Ayuntamiento debería de cuestionarlo en profundidad".
Desde Urbanismo se aclaró ayer que "está mirando con lupa" el expediente de la promoción, que ha pedido un informe a Cultura, y no ha dado licencia de obras porque aún está en estudio. Están detrás la inmobiliaria Sevilla 2000 y el estudio lacooperativaarquitectos.
El estudio declaró ayer a este periódico "que el error ha estado en la comercialización, que no se corresponde con la realidad y da lugar a equívoco. No hemos estado finos ahí", admite. En efecto, el cartel que tenía la promoción en octubre (en la foto) no hablaba de las viviendas taller, sino de 19 viviendas con garaje. El estudio asegura que "el proyecto entregado en Urbanismo respeta la normativa: la planta baja para servicios avanzados y la planta alta para vivienda". Y que Cultura ha marcado tres puntos que deben modificar el proyecto: doble entrada (una para la vivienda y otra para la carga y descarga), mover de sitio el centro de transformación y eliminar parte de la fachada de la segunda planta del edificio 11.
La entidad vecinal La Revuelta recuerda que el Plan de Protección Santa Paula-Santa Lucía, del Conjunto Histórico, aprobado en el año 2000, señala el uso de este espacio como "Pequeña industria artesanal", y los edificios que lo componen como de "Edificación singular", con protección patrimonial "Parcial, Grado 1" (nivel C), y establece normas específicas en sus ordenanzas (artículo 14), donde se impone que "deberán ser locales artesanales o de pequeña industria no contaminante, pudiendo destinar a uso residencial el edificio situado entre el corralón y la calle". El PGOU de Sevilla señala esas parcelas como "Actividades productivas" y, según sus Normas Urbanísticas, "Corrales Industriales" con posibilidad de construir planta baja de uso artesanal, artístico o de servicios avanzados; y planta primera, con vivienda ligada a los usos de planta baja.
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