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Piden 18 meses por odio al hincha bético que agredió a un bilbaíno

Tribunales

El nuevo delito de odio añade 18 meses de cárcel a la multa por maltrato leve.

La víctima, declarada testigo protegido, podría recibir 3.600 euros

El agresor a su salida de los juzgados en mayo del año pasado. / José Ángel García
Amanda González De Aledo

17 de mayo 2018 - 19:54

Sevilla/La Fiscalía de Vizcaya ha pedido una condena de 18 meses de cárcel por un presunto delito de odio para el hincha del Betis que agredió a un seguidor del Athletic de Bilbao a los gritos de "Gabilondo, te voy a reventar, asqueroso proetarra, arriba España".

La Fiscalía imputa a Manuel Herrera Perejón un delito de odio según el nuevo Código Penal, que castiga los atentados contra la dignidad de las personas por el mero hecho de padecer una enfermedad, discapacidad o por pertenecer a un determinado grupo.

La agresión ocurrió hacia las 12.45 horas del 27 de abril de 2017 en el Casco Viejo de Bilbao, horas antes de un partido entre el Athletic y el Betis, cuando Herrera Perejón se acercó "sorpresivamente" a la víctima, que "se encontraba tranquilamente sentado en la terraza de una cafetería tomando una consumición".

El acusado, "movido por el ánimo de lesionar la dignidad de dicha persona", se dirigió a él gritando "Tu, Gabilondo, escúchame", "Arriba España" "¿Tú eres proetarra?", tras lo cual le lanzó el contenido de un vaso con líquido y le propinó un fuerte golpe en la cara con la mano abierta", según recoge el auto de apertura de juicio al que ha tenido acceso este periódico.

Cuando la víctima salió corriendo del lugar, el encausado lo persiguió lanzando patadas que no llegaron a impactar en su cuerpo, mientras la gritaba "Gabilondo de mierda, te voy a reventar, asqueroso proetarra" hasta que el agredido consiguió refugiarse en un bar.

Agresión de ultras del Betis a un hombre en una calle de Bilbao.

El agredido está amparado por la Ley de Protección de Testigos ya que, además de las lesiones, los hechos y la difusión de las imágenes en las redes sociales le causaron "gran inquietud en su vida personal y tuvo que modificar sus pautas diarias, atemorizado por las consecuencias de la agresión sufrida", según la Fiscalía.

El fiscal imputa el delito de odio tanto a este hincha como a otro que le acompañaba, que grabó la agresión y la compartió por WhatsApp, lo que permitió que las imágenes se volviesen virales en las redes sociales y servicios de mensajería móvil.

La aplicación de este nuevo delito de odio permite al fiscal situar su petición de condena para cada procesado en 18 meses de cárcel y una multa de doce meses, lo que equivale a 3.600 euros, ya que de otro modo solo acusaría por un delito leve de maltrato al autor material. Por ese maltrato leve reclama una multa de dos meses con cuota diaria de 10 euros (lo que equivale a 600 euros) para Herrera Perejón.

La petición de la Fiscalía añade para ambos la prohibición de vivir y acudir al País Vasco durante dos años y el pago de 3.600 euros de indemnización a la víctima.

A la vista de esta calificación del fiscal, el juez de instrucción 9 de Bilbao ha impuesto a los hinchas béticos una fianza de 3.600 euros para hacer frente a la futura indemnización y ha confirmado las medidas cautelares dictadas en su día, consistentes en libertad provisional y la prohibición de participar en redes sociales.

Posteriormente la Comisión Estatal contra la Violencia en el Deporte impuso a Herrera Perejón una multa de 9.000 euros y la prohibición de acceder a recintos deportivos durante dos años.

El juicio por estos hechos se celebrará en los próximos meses en un juzgado penal de Bilbao. El delito de odio en el nuevo Código Penal

El Código Penal que entró en vigor en 2015 dio una nueva definición del delito de incitación al odio y a la violencia. Fijó condenas de hasta 4 años de cárcel para quienes "fomenten, promuevan o inciten" el odio, la violencia u hostilidad contra un grupo o una persona por motivos de raza o de religión, por su origen, orientación sexual o por razones de género, enfermedad o discapacidad.

Prevé la misma pena para quienes distribuyan escritos o cualquier material que, por su contenido, fomente dicho delito.

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