Once asociaciones de vecinos del centro de Sevilla reclaman el fin de la prórroga de las terrazas Covid
Las entidades señalan al alcalde José Luis Sanz que, a fecha de hoy, las excepcionales circunstancias de índole económica, sanitarias y sociales provocadas por el Covid han desaparecido
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Once asociaciones de vecinos del casco histórico han reclamado al Servicio de Ordenación de Vía pública de la Gerencia de Urbanismo y Medio Ambiente que ponga fin a la prórroga de las terrazas autorizadas en la zona de la calzada destinada a aparcamientos debido a la pandemia del Covid.
"Por razones de seguridad jurídica", las entidades solicitan la suspensión de la prórroga aprobada mediante acuerdo de la Junta de Gobierno Local de la ciudad de Sevilla, en sesión celebrada el 8 de septiembre de 2023 en relación a la Ordenanza de Veladores, si bien desde el Ayuntamiento se anunció a los medios de prensa que quedaría prorrogada hasta febrero de 2024.
Las entidades son Arenal Torre del Oro, La Espadaña de Montesión, Sevilla se Muere, Ancha la Feria, Pumarejo San Luis, El Salvador y su entorno, Casa de la Moneda y su entorno, Barrio de Santa Cruz, Estación de Córdoba, Plaza del Museo-entorno y Casco histórico San Lorenzo.
Las asociaciones explican que, a fecha de hoy, las excepcionales circunstancias de índole económica, sanitarias y sociales provocadas por el Covid han desaparecido. Y añaden que el Ayuntamiento "no ha garantizado el cumplimiento de las limitaciones para las que fue otorgada esa prórroga: en su número, ampliaciones horarias, condiciones de accesibilidad universal, respeto de las sendas peatonales, mantenimiento de las condiciones de seguridad, etc.
Las entidades recuerdan que mediante acuerdo de la Junta de Gobierno Local de la ciudad de Sevilla, en sesión celebrada el 8 de septiembre de 2023, se acordó el mantenimiento de las formas y condiciones de ocupación de las terrazas de veladores establecidas en el acuerdo de la Junta de Gobierno Local de 7 de octubre de 2020.
Esto permitió a los hosteleros la instalación de terrazas en:
a) Zona de aparcamiento.
b) Espacios y viarios públicos no vinculados al tercio exterior del acerado de la fachada del establecimiento solicitante de terraza de veladores, que impliquen cruce de calzada y que se encuentren en el entorno más próximo al establecimiento.
Ante las excepcionales circunstancias económicas, sanitarias y sociales de interés general que se dieron con motivo de la crisis sanitaria provocada por el Covid 19, con la declaración del estado de alarma y sucesivas prórrogas, el sector de la hostelería se vio especialmente perjudicado.
Y que el Pleno, con fecha de 23 de julio de 2020, acordó la aprobación definitiva de la modificación de la ordenanza reguladora de Terrazas de Veladores mediante la inclusión de la Disposición Adicional Cuarta.
Esta disposición reza: “Excepcionalmente por la celebración de eventos de relevante interés para la Ciudad o cuando las circunstancias de índole económicas, sanitarias o sociales de interés general lo aconsejen, por la Junta de Gobierno Local se podrá acordar, de forma motivada, para todo el término municipal o para zonas concretas del mismo, horarios, condiciones y formas de ocupación de las terrazas de veladores, modificando las establecidas en los artículos 7, 8 y 10 de la presente Ordenanza, con objeto de dar una respuesta más adaptada a las posibilidades y modalidades del desarrollo de la actividad conforme a los condicionantes y requerimientos que motiven el carácter excepcional".
"Esta modificación solo será posible cuando no represente un menoscabo del interés público general, haciendo compatible, en todo caso, su desarrollo con la aplicación de las normas vigentes en materia de contaminación acústica y medioambiental que le sean de aplicación y la correcta utilización del espacio público. Estas modificaciones en todo caso deben garantizar el cumplimiento de las limitaciones horarias para las terrazas de veladores establecidas en la normativa autonómica, las condiciones de accesibilidad universal, el respeto de las sendas peatonales, el mantenimiento de las condiciones de seguridad en cuanto a vías de evacuación, no dificultar la utilización de los servicios públicos, quedando libre en todo caso los accesos a viviendas, salidas de emergencia, garajes y locales”.
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