OCU Sevilla pide al Ayuntamiento medidas contra el exceso de ruido
Un número de teléfono donde centralizar las denuncias, una rápida actuación municipal para medir los decibelios, sanciones o sonómetros en las viviendas turísticas, algunas de las propuestas
La Delegación en Sevilla de la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) solicita al Ayuntamiento hispalense medidas que agilicen el procedimiento de control y la eventual sanción por ruidos. Uno de cada cinco europeos está expuesto a niveles de ruido prolongados que resultan perjudiciales para la salud, según la Agencia Europea de Medio Ambiente. Los municipios andaluces no son una excepción, tal y como reflejan las denuncias por exceso de ruido en las zonas de ocio nocturnas.
Con el objetivo de prevenir, vigilar y reducir la contaminación acústica se creó en 2003 la Ley del Ruido, a la que se han ido uniendo distintas normas europeas, autonómicas y municipales. Por otro lado, las ordenanzas municipales establecen los niveles de ruidos permitidos en cada horario en función de la zona (residencial, industrial, docente, etc.). De esta forma, el número máximo de decibelios en el interior de una vivienda también está regulado localmente.
Medidas contra el ruido en Sevilla
Desde la OCU, se solicita primero con el fin de atajar este problema, la puesta a disposición de los sevillanos de un número de teléfono del ruido donde centralizar las denuncias en este sentido. Segundo, impulsando una rápida actuación municipal para medir el posible exceso de decibelios percibido por los vecinos. Y tercero, procediendo a sancionar con diligencia al infractor en caso de que la conducta sea grave o exista una reiteración en la actividad molesta.
Además, a nivel normativo, la Delegación de OCU en Sevilla propone reducir los límites máximos de ruido (en decibelios) admitidos en el interior de las viviendas hasta los 30 dBA de día y los 25 dBA de noche en dormitorios, tal y como establecen las ordenanzas de Madrid y Barcelona. Actualmente los límites municipales en Sevilla para las estancias de descanso son superiores: de 40 dBA de día y 30 dBA de noche. Y aunque pueden parecer pocas diferencias, no lo son: un aumento de apenas 10 dBA supone escuchar el mismo ruido el doble de fuerte.
Ruidos en las viviendas de uso turístico
Para el caso concreto de las viviendas de uso turístico, la organización de consumidores aplaude las iniciativas para controlar el exceso de ruido, que a través de un sonómetro advierten al huésped del exceso de ruido y, llegado el caso, envía a un conserje a la vivienda. No obstante, considera que los ayuntamientos deberían desarrollar una normativa específica para preservar el uso residencial del centro urbano y controlar las actividades económicas relacionadas con este tipo de hospedaje, tal y como ya existe en otras capitales como Madrid y Barcelona.
En cualquier caso, la Delegación de OCU en Sevilla recuerda que existen ayudas e incentivos autonómicos y estatales para la mejora del aislamiento de viviendas que pueden cubrir hasta el 80% de la reforma, como por ejemplo el caso del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia o las actuaciones de rehabilitación energética para edificios en municipios de reto demográfico (PREE 5000), además de deducciones fiscales. Y es que está demostrado que el exceso de ruido, sobre todo cuando se produce de forma habitual y prolongada, incide directamente en la salud del residente: causa alteraciones del sueño y estrés, al tiempo que eleva el riesgo cardiovascular y de deterioro cognitivo, entre otras dolencias.
¿Qué hacer si sufres a un vecino ruidoso?
¿Qué se puede hacer cuando los inquilinos del piso de arriba, estudiantes universitarios,l montan una fiesta multitudinaria cada vez que terminan los exámenes? ¿Y si al de la puerta de al lado, pianista retirado, le da por montar una academia en casa? ¿Y con ese vecino insomne que pone altísimo el televisor y te parece estar en su casa? OCU aporta tres claves para solventar el ruido en tu comunidad de propietarios:
- Por las buenas. Como siempre, intenta de forma amistosa que su vecino deje de hacer ruido.
- Al presidente de la comunidad. Si la vía amistosa no funciona, dirígete al presidente de la comunidad de propietarios para que requiera la cesación inmediata de la actividad que produce el ruido molesto. La Ley de la Propiedad Horizontal establece en su artículo 7 que el presidente, a iniciativa propia o de los propietarios (o inquilinos) afectados, requerirá a quien realice las actividades prohibidas su inmediata cesación. La comunidad presenta una demanda. Si el problema continúa, el presidente puede convocar una junta de propietarios en la que se autorice la presentación de una demanda contra el propietario ruidoso (o, en su caso, contra el inquilino). Si la sentencia es estimatoria, además de la cesación inmediata de la actividad podría exigirse una indemnización por daños (tratamiento médico, baja laboral, etc.) y privar del derecho al uso de la vivienda o local por un periodo de hasta 3 años (y el fin del contrato si es inquilino). En este caso, sería interesante comprobar que se están sobrepasando los niveles máximos de ruido a través de una denuncia a la policía, que hará mediciones, o encargando un peritaje a una empresa especializada para que tenga valor ante un juez. En la demanda conviene incluir a todos los residentes en la vivienda, ya que cuando hay indemnización se concede por cada afectado. También resulta práctico asociar a otros perjudicados para que la demanda tenga más fuerza. Si la comunidad se negase a actuar, podrías ir tú mismo a los tribunales, o mejor aún, encargárselo a tu seguro de hogar si tiene la cobertura de reclamación de daños.
¿Qué hacer si el problema son los ruidos de la calle?
¿La puerta del garaje del edificio de enfrente chirría de forma exagerada? ¿Los servicios de limpieza municipal no te dejan dormir porque pasan de madrugada o a primera hora de la mañana? ¿Sufres los ruidos de una terraza cercana, oyendo risas y conversaciones como si estuvieran en tu casa? ¿En el bar de debajo de tu casa suena música a todas horas?
Seguro que no eres el único que sufre estos ruidos, y para tratar de solucionarlo, lo mejor es mantenerse unidos: en este caso lo de "la unión hace la fuerza" es una gran verdad. Habla con tus vecinos y trata de solucionarlo como colectivo. Se podría implicar al presidente de la comunidad de propietarios para que en representación de los afectados solicite al responsable del ruido que tome medidas para solucionarlo:
- Vía amistosa. Lo primero es hablar con el causante del ruido para pedirle de forma cordial que deje de hacerlo.
- Vía administrativa. Si amablemente no se consigue nada, presenta una denuncia administrativa. En función de la urgencia, pon una denuncia en el ayuntamiento o llama directamente a la policía municipal. Si resulta que el número de decibelios supera el permitido, se abrirá un expediente contra el responsable, a quien podrán sancionar y exigir medidas correctoras.
- Vía judicial. En caso de que la actividad molesta continúe, podrías demandar al responsable. Las mediciones realizadas por la policía o por un perito son fundamentales. Debe valorarse con un abogado el mejor modo de lograr que cese la molestia y que le indemnicen por el daño. A veces cabe la vía penal.Cuando el responsable del ruido es el propio ayuntamiento, la forma de actuar ha de ser más imaginativa y cuestionar, por ejemplo, que si el ruido que hace la barredora está dentro de lo permitido tal vez sea porque los límites en su ciudad son demasiado permisivos. Una campaña con recogida de firmas a través de plataformas y denuncias en redes sociales puede ser de gran ayuda para que se baje el nivel de ruido tolerable o, al menos, cambien a barredoras más silenciosas.
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