Multas de hasta 400 euros para los patinetes eléctricos que incumplan la normativa en Sevilla

Las infracciones muy graves se penalizan con 201 a 400 euros, entre las que figura exceder el doble la velocidad permitida y manipular el vehículo

Un trabajador se desplaza por el carril bici dela ronda histórica en un patinete eléctrico.
Un trabajador se desplaza por el carril bici dela ronda histórica en un patinete eléctrico. / Juan Carlos Vázquez

La nueva normativa de patinetes eléctricos de Sevilla, que entrará en vigor tras las elecciones municipales, las recoge multas de 201 a 400 euros por infracciones muy graves, tales como exceder el doble la velocidad máxima permitida en la ciudad, manipular técnicamente los vehículos para que excedan las características esenciales por encima de los límites autorizados, y circular con vehículos autoequilibrados o patinetes eléctricos sin sillín cuyas características excedan de las autorizadas.

Las faltas leves se sancionarán con una multa de 50 a 100 euros y constan como infracciones leves no portar la documentación obligatoria de estos vehículos que requiere la ordenanza; estacionar en aceras y zonas peatonales, y el amarre de estos a elementos de mobiliario urbano, arbolado, señalización de tráfico o aparcabicis. Así como usar casco de audio o auricular conectado a aparatos; no llevar la luz adecuada, y transportar viajeros excediendo el uso unipersonal.

Las graves suponen una multa de 101 a 200 euros y se aplica en los casos en que supere la velocidad máxima permitida; Circule por zonas no permitidas; vulnere la edad mínima de circulación de 15 años y no lleve el casco obligatorio en los casos en que circulen acompañados de un adulto.

Con independencia de la sanción que pudiera corresponder, el Ayuntamiento inmovilizará, retirará y llevará al depósito municipal el vehículo, y podrá aplicar otras medidas provisionales en los casos previstos en la normativa estatal de Tráfico y Seguridad Vial.

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