Multas de 600 euros para los dos jóvenes que se subieron a la Giralda
La Subdelegación del Gobierno les aplica la máxima sanción por una infracción leve recogida en la ley de seguridad ciudadana
Dos agentes de la Policía Local los obligaron a bajar cuando ya estaban en la cubierta de la Catedral
Los hechos ocurrieron la madrugada del 19 de febrero, cuando todavía estaban los andamios de la obra de restauración de la torre
La Subdelegación del Gobierno en Sevilla ha abierto dos expedientes sancionadores a los dos jóvenes que escalaron a la Giralda para hacer una gracia la madrugada del pasado 29 de febrero. Ambos serán multados con 600 euros, la máxima cuantía que recoge la ley para las infracciones consideradas leves. Los jóvenes fueron sorprendidos por la Policía Local escalando la torre a través de los andamios de la obra de restauración, que ya había acabado y se estaban retirando precisamente esos días.
Según informaron a este periódico fuentes policiales, para imponer esta sanción se ha tenido en cuenta el contenido de la denuncia efectuada por la Policía Local, según la cual "los agentes fueron requeridos por el Centro de Control y Transmisiones para que se personasen en la plaza de la Virgen de los Reyes, ya que según una llamada al 112, dos jóvenes habían accedido por una zona acotada de obras y estaban escalando por el sistema de andamiajes a la Giralda".
Una vez en el lugar, los agentes fueron informados por varios testigos de que los dos jóvenes aún continuaban en el interior. Los policías saltaron por una valla que acota la obra, de una altura aproximada de 2,5 metros, y comenzaron a subir por los andamios. Localizaron a los dos escaladores a la altura de la quinta planta de los andamios "y ya sobre la cubierta de la Catedral", continúa la denuncia.
Allí les conminaron a bajar del lugar en el que se hallaban, para lo cual los policías tuvieron que prestar ayuda a ambos, "debido a la dificultad para acceder". Una vez inspeccionado el sitio, los agentes comprobaron que estas dos personas no habían accedido al interior del templo ni habían provocado daños al complejo monumental. También se aseguraron de que no tenían ninguna reclamación judicial en vigor, por lo que fueron identificados y se les tomaron los datos para proponerlos para una sanción.
Según la denuncia de los policías, los hechos son presuntamente constitutivos de una infracción administrativa tipificada en el artículo 37.14 de la ley orgánica 4/2015 de protección de la seguridad ciudadana. Dicho punto recoge como infracción leve "el escalamiento de edificios o monumentos sin autorización cuando exista un riesgo cierto de que se ocasionen daños a las personas o a los bienes”.
Esta infracción está castigada con multas de 100 a 600 euros. En este caso se ha acordado imponer a ambos jóvenes el importe máximo, 600 euros, teniendo en cuenta la trascendencia de la infracción cometida. Una vez notificados los acuerdos, los denunciados disponen de quince días hábiles para formular alegaciones o para el pago voluntario de la sanción.
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