Mellet pide de nuevo la nulidad de la grabación del cohecho al tratarse de un relato "provocado"
'Caso Mercasevilla'
El ex director de Mercasevilla indica que los medios de prueba "atentan contra el principio de presunción de inocencia, el derecho a no declarar contra si mismo y el derecho a no confesarse culpable".
El abogado del ex director general de Mercasevilla Fernando Mellet, para quien la Fiscalía reclama una sanción de 900.000 euros y la suspensión de empleo o cargo público por un periodo de 21 meses por el supuesto intento de cobro de una comisión ilegal de 450.000 euros a dos empresarios del Grupo La Raza como condición para ser adjudicatarios de la escuela de hostelería de Mercasevilla, ha vuelto a pedir la nulidad de la grabación que dio lugar a la investigación al entender que se trata de un relato "provocado" y de una grabación "inconstitucional" e "ilegal".
En un reciente auto, la juez de Instrucción número 6, Mercedes Alaya, decretó la apertura de juicio oral por un delito de cohecho contra los cuatro acusados por el supuesto intento de cobro de una comisión ilegal, como son, además de Mellet, su antiguo director adjunto, Daniel Ponce; el ex delegado provincial de la Consejería de Empleo Antonio Rivas y María Regla Pereira, coordinadora de proyectos de la ya extinta Fundación Socioasistencial de Mercasevilla cuando ocurrieron los hechos. La juez, además, acordó que la prueba de la grabación es "válida" y ordenó que el caso fuera enjuiciado por un jurado.
Pues bien, en su escrito de personación ante el tribunal del jurado, de 136 páginas, la representación procesal de Fernando Mellet pone de manifiesto que "las grabaciones, las transcripciones y las conversaciones son nulas y no pueden ser tenidas como prueba en el presente procedimiento", añadiendo que "las conversaciones que sirven de sustento para proceder" contra Mellet "se basan en un relato provocado, tergiversado, sacado del contexto y absolutamente erróneo e interesado, produciéndose con posterioridad a la concesión de la subvención".
A su juicio, el dispositivo técnico empleado por los empresarios para grabar la conversación "fue utilizado para obtener una información o para descubrir un dato que sin ello no se habría alcanzado", con lo cual "se graba para obtener la citada información e implicar a Mellet"; a su juicio, "lo obtenido y transcrito ha servido para que se haya vulnerado el derecho al secreto de la comunicaciones y la intimidad personal" del ex director general de Mercasevilla.
Además, opina que la publicación de partes de la transcripción en distintos medios de comunicación "tiene un interés claramente partidista y denigratorio hacia la persona de Mellet", de manera que "admitir su validez como medio de prueba supondría un torcimiento de ese blindaje especial que la Constitución y la ley procesal ofrece al acusado, quien, salvo los casos de conversaciones intervenidas con autorización judicial bastante, no pueden verse perjudicados por sus propias declaraciones a menos que hayan sido efectuadas con conciencia de que podían ser utilizadas en su contra, lo que notoriamente no concurre en el presente caso".
Los empresarios actuaron "de forma malintencionada"
Al hilo, dice que dichos medios de prueba "atentan contra el principio de presunción de inocencia, el derecho a no declarar contra si mismo y el derecho a no confesarse culpable", tras lo que critica que los asistentes a la reunión "actuaron de forma malintencionada, provocando la situación respecto de mi representado como se ha manifestado a través de sus propias declaraciones".
El resultado de lo expuesto "no puede ser otro que la nulidad de las grabaciones, sus transcripciones, las declaraciones efectuadas por Fernando Mellet y los empresarios, cualquier declaración que se encuentre relacionada con las citadas grabaciones y cualquier diligencia o prueba que provengan de las citadas grabaciones efectuadas con grave atentado a los derechos fundamentales de mi representado", según asevera el letrado del acusado.
Añade que "las citadas grabaciones se efectuaron malintencionadamente y como un ardid dirigido a obtener una serie de informaciones de forma provocada", y explica que una "provocación comporta que el agente grabador se coloque en una situación despareja respecto de la persona que es grabada, quien actúa de forma absolutamente desprotegida, arrancándole de modo torticero las expresiones, no despojándose de sus manifestaciones de modo espontáneo y libre.
"Todo surge" de la grabación
Así, insiste en que "todo surge" de la grabación efectuada por los empresarios, "que es hilo conductor de las acusaciones; todas los testimonios ofrecidos devienen de las citadas grabaciones", las cuales "se efectúan con claro intento provocador y con vulneración del derecho a no declarar contra si mismo, no confesarse culpable y la presunción de inocencia, como se ha expuesto".
El abogado de Mellet también se opone en su escrito de personación a que el juicio se celebre con jurado popular.
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