Madrid reclama los impuestos por la herencia de la duquesa de Alba
El presidente de la comunidad madrileña recuerda que la residencia oficial estaba fijada en el Palacio de Liria. Admite que la Junta podría demostrar que vivía habitualmente en Las Dueñas.
La Administración competente para liquidar el impuesto de sucesiones derivado de la herencia de la duquesa de Alba es la Comunidad Autónoma de Madrid, pues Cayetana Fitz-James Stuart tenía fijada su residencia habitual en el Palacio de Liria de la capital de España pese a su notoria y estrecha relación con Sevilla, ciudad en la que decidió descansar para siempre, incluso rompiendo la costumbre de la Casa de Alba. Así lo destacó ayer el presidente de la comunidad autónoma madrileña, Ignacio González. El mandatario madrileño, sin embargo, abre la posibilidad a que la Junta de Andalucía pueda abrir un proceso administrativo para reclamar el cobro de los tributos correspondientres a cada uno de los herederos, para lo cual la Administración andaluza tendría que demostrar que la duquesa vivía habitualmente en la Casa de las Dueñas, más de 183 de los 365 días del año. Hay precedentes de casos de grandes fortunas en las que estos procesos de reclamación entre administraciones se han ocurrido, para lo cual se han utilizado pruebas de lo más variopintas. Entre ellas, según fuentes jurídicas consultadas por este periódico, destacan las esquelas publicadas (en las que se reconoce un domicilio distinto al oficial), el testimonio de sacerdotes que daban cada día la comunión al causante en un mismo domicilio, fotografías aparecidas en la prensa local que demostraban una estancia periódica y habitual, las matriculaciones de vehículos, la presencia de trabajadores a su cargo, el consumo o utilización de servicios (luz, agua o teléfono) etcétera. Será la Junta de Andalucía la que tenga que decidir si abre o no el proceso administrativo.
Ignacio González aludió ayer al reparto de las principales propiedades realizado en vida de la duquesa en favor de sus hijos, que apuntalaría su tesis de que los tributos por sucesiones deben liquidarse en la comunidad madrileña: "La última donación se hizo en Madrid, está residenciada en Madrid, tiene su domicilio y residencia en el Palacio de Liria y aparentemente debería hacerlo aquí". No obstante, admitió la posible reivindicación de la Administración andaluza: "Si la Junta de Andalucía entiende y acredita que ha vivido más tiempo estos años allí, según la ley debería hacerlo allí. En todo caso -dijo- es la familia quien debe tomar esa decisión los próximos meses", pues son los sucesores los que deben presentar la liquidación de impuestos y, por lo tanto, dar el primer paso sobre la administración que consideran que tiene la competencia de cobro. De hecho, González afirmó que el impuesto de sucesiones y donaciones tiene "carácter personal" y se configura como un "impuesto autoliquidable" en el que resulta clave el lugar de residencia habitual en los últimos cinco años de vida.
El domicilio oficial del causante es clave a la hora de saber ante qué administración se debe liquidar el impuesto de sucesiones. Es evidente también que el tratamiento del impuesto de sucesiones en Madrid y Andalucía es muy desigual, pudiendo ser la diferencia de hasta un 40%, en función también de los tramos establecidos. El propio presidente madrileño puso un ejemplo en declaraciones a Onda Cero. Si el legado de la duquesa de Alba fuera de 100 millones (al margen de las propiedades que puieran quedar por repartir) en Andalucía se pagaría en concepto de impuesto de sucesiones más de 43 millones de euros, mientras que en la comunidad de Madrid solamente 400.000. "Esa es la diferencia entre una fiscalidad y otra", recalcó el dirigente del PP para contraponer la fiscalidad madrileña con la andaluza, que controla el PSOE desde los inicios de la democracia.
Las donaciones ya realizadas en vida de las principales propiedades inmobiliarias de la duquesa por toda España y la existencia de la Fundación Casa de Alba, creada en mayo de 1975 para gestionar un legado histórico, inducen a que la masa hereditaria que queda por repartir a la muerte de la duquesa no es de un valor incalculable como pudiera deducirse.
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