La Gerencia quiere asumir la tutela de las obras en los entornos de los BIC

Los técnicos buscan agilizar las concesiones de licencias solicitadas por los dueños de los inmuebles cercanos a los bienes protegidos sin que se pronuncie la comisión provincial de Patrimonio

La Torre del Oro forma parte del plan especial de protección aprobado en febrero de 2004.
La Torre del Oro forma parte del plan especial de protección aprobado en febrero de 2004. / José Ángel García
M. Ruesga

28 de septiembre 2017 - 06:50

La Gerencia de Urbanismo solicitará a la Consejería de Cultura de la Junta de Andalucía que le otorgue los permisos necesarios para autorizar directamente las obras y actuaciones en los entornos de los Bienes de Interés Cultural (BIC) situados en el conjunto histórico de la ciudad. Los técnicos defienden que estos inmuebles se encuentran suficientemente regulados urbanísticamente y cuentan con normas específicas de protección en los planes especiales redactados. La delegación municipal encabezada por Antonio Muñoz pretende con esta medida agilizar los trámites de los dueños de las viviendas y locales cercanos a los BIC al saltarse a la comisión provincial de Patrimonio Histórico.

El servicio de planteamiento y desarrollo urbanístico detalla que el Patrimonio Histórico de Andalucía establece que los bienes inscritos como de interés cultural cuentan con un entorno de protección integrado por aquellos inmuebles y espacios cuya alteración pudiera afectar a los valores propios del bien, a su contemplación, apreciación o estudio, pudiendo estar constituido tanto por los inmuebles colindantes inmediatos como por los no colindantes o alejados. En todo caso, dicho entorno debe delimitarse en la inscripción específica del Bien.

La Iglesia de Santa Ana es uno de los bienes protegidos en Triana.
La Iglesia de Santa Ana es uno de los bienes protegidos en Triana. / josé ángel garcía

Por otra parte, en aquellos casos en los que no se ha delimitado un entorno específico, la ley establece un entorno de 50 metros en suelo urbano y de 200 metros en suelo urbanizable o no urbanizable. Esto se traduce en que todos los bienes declarados de interés cultural disponen de un entorno de protección, ya sea declarado específicamente o de forma automática en aplicación de esa disposición salvo que en la propia inscripción del bien se determine la innecesariedad de delimitarlo.

La relación de los BIC para los que se pide permiso para autorizar obras sin pasar por la comisión provincial de Patrimonio Histórico son la Iglesia de Omnium Sanctorum, la Iglesia de San Gil, la muralla de la Macarena, el Palacio del Pumarejo, la Iglesia de San Luis de los Franceses, el Noviciado de la Compañía de Jesús, la Casa del Rey Moro, el Convento de Santa Paula, el Convento del Socorro, la Iglesia de San Marcos, la Iglesia de Santa Marina, la Torre del Oro, el Convento de la Madre de Dios, la Iglesia de Santa María de las Nieves, el Palacio de Altamira, el Palacio de Miguel de Mañara, los Baños de la Reina Mora, el Convento e Iglesia de Santa Clara, la Iglesia del Convento de Santa María la Real, el Convento de Santa Rosalía, el Cuartel del Carmen, el Monasterio de San Clemente, el Palacio de los Condes de Casa-Galindo, el Palacio de Bucarelli o Casa de los Condes de Santa Coloma, la Torre de Don Fadrique, la Iglesia de Santa Ana, la Real Fábrica de Artillería, las Antiguas Atarazas Reales, el Hospital de la Caridad o la Plaza de la Maestranza.

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