La Fiscalía rechaza actuar contra los 'gorrillas' a petición del Ayuntamiento
El cumplimiento de la ordenanza municipal que prohíbe los aparcacoches ilegales no puede exigirse en los tribunales.
El incumplimiento reiterado de la ordenanza municipal que prohíbe la actividad de los gorrillas no puede exigirse en los tribunales. Así se lo ha expresado la Fiscalía de Sevilla al Ayuntamiento a través de una serie de contactos informales mantenidos entre los responsables de ambas instituciones, una vez que desde el Consistorio se planteó el problema con la desobediencia de la norma.
El departamento que dirige María José Segarra ha trasladado a la Delegación de Seguridad y Movilidad, en el transcurso de varias reuniones de la junta local de seguridad, que esa desobediencia a la ordenanza municipal no tiene encaje penal, es decir, que no puede considerarse como una falta o delito, según han confirmado a este periódico fuentes de la Fiscalía hispalense. Para que la conducta del gorrilla pueda considerarse como una infracción penal, debe concurrir en la misma algún otro elemento, como las posibles coacciones o amenazas a los conductores que no acceden a pagar ante la petición del aparcacoches, pero en este supuesto, según el planteamiento de la Fiscalía, se requiere la denuncia del perjudicado, en este caso la víctima de esas coacciones o amenazas.
La Fiscalía ha recordado al Ayuntamiento que hace algunos años ya se planteó la posibilidad de emprender acciones penales contra los gorrillas, pero entonces la Audiencia de Sevilla zanjó la cuestión al dictar varias sentencias en las que los jueces establecieron que no cabía una sanción penal por el hecho de no acatar una decisión administrativa.
La situación se ha planteado también recientemente en Málaga, con motivo de la ordenanza que sanciona a los clientes de la prostitución -similar a la norma vigente en Sevilla-, y en la que se ha planteado una posible acción penal contra la desobediencia a esta norma. Tanto la Fiscalía de Málaga como la Audiencia Provincial han rechazado que pueda castigarse desde el ámbito penal la desobediencia a esta ordenanza.
Ante este panorama, la Fiscalía ha planteado al Ayuntamiento que deben buscarse otras fórmulas para tratar de resolver el problema de los gorrillas, entre las que destacan alguna que ya planteó el propio alcalde, Juan Ignacio Zoido, cuando apuntó que la Policía Local podría decomisar el dinero recaudado por estas personas que se dedican a la actividad de aparcar coches sin regulación alguna.
El Consistorio había recurrido a la Fiscalía al verse "impotente" ante un problema contra el que han luchado sin éxito los gobiernos democráticos desde que Alejandro Rojas-Marcos fue alcalde hace más de veinte años y promovió un grupo de desempleados mayores de 40 años para las tareas de aparcacoches. El gobierno de Zoido ha probado hasta con campañas de concienciación ciudadana mediante el reparto de trípticos para que no se pague dinero a los gorrillas. Pero los resultados han sido mínimos.
Por este motivo, responsables de la Delegación de Seguridad y Movilidad pidieron la participación del Ministerio Público, a cuyos representantes expusieron que la Policía Local ha multado ya más de treinta veces a los mismos gorrillas sin que haya tenido el efecto deseado. Vuelven los mismos a las mismas calles sin que las sanciones sirvan para que abandonen esta actividad, amén de que la gran mayoría de las multas ni siquiera son abonadas. La presencia de gorrillas es uno de los tormentos de Sísifo del Ayuntamiento al igual que el de las pintadas en fachadas y monumentos del casco histórico. El Boletín Oficial de la Provincia revela que las zonas donde los agentes multan con más insistencia son los alrededores de los hospitales Virgen Macarena y Virgen del Rocío.
El último edicto del BOP al respecto, de fecha 9 de octubre, recoge 796 multas al amparo de la ordenanza municipal de medidas para el fomento y garantía de la convivencia ciudadana en los espacios públicos, aprobada por el Pleno del Ayuntamiento en 2008. De ellas, 738 multas -de 30 euros cada una- son contra gorrillas de acuerdo con el artículo 33 que regula las formas de mendicidad. En el apartado tercero de este precepto se considera como tal "el ofrecimiento de lugar para aparcamiento en el espacio público a los conductores de vehículos con la intención de la obtención de un beneficio económico por personas no autorizadas, será considerado en todo caso forma coactiva de mendicidad".
En el régimen sancionador se dicta que "cuando la infracción consista en el ofrecimiento de un lugar para aparcamiento por persona no autorizada, los agentes de la autoridad informarán a estas personas de que dichas prácticas están prohibidas por la presente ordenanza. Si la persona persistiera en su actitud y no abandonara el lugar, se procederá a imponerle la sanción que corresponda". Estas conductas se consideran infracciones leves, por lo que la sanción máxima es de 120 euros, aunque los agentes aplican sistemáticamente la cuantía de 30 euros.
En el BOP se notifican las sanciones impuestas a los gorrillas y a aquellas que incumplan con esta ordenanza municipal ante la imposibilidad de notificar a la persona sancionada, pese a haberlo intentando por dos veces en días y horas distintos mediante correo postal. El Ayuntamiento trabaja desde junio en la creación de una base de datos de los aparcacoches ilegales.
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