Entra en vigor el límite de velocidad en el centro a 30 kilómetros por hora
El Ayuntamiento establece también la'Zona 20' en todas las calles con plataforma única
Entra en vigor la limitación a 30 kilómetros por hora de la velocidad máxima permitida en el casco histórico. Además, todas aquellas calles que cuentan con plataforma única -las que no tienen acera a distinto nivel de la calzada- cuentan ahora con un límite de 20 por hora. También tienen la misma restricción las calles angostas en las que los peatones se vean obligados a poner el pie en la calzada debido a la estrechez de las aceras. Por ejemplo, Águilas. Así lo ha establecido por decreto el gobierno local de Juan Espadas, que recupera una propuesta que ya lanzó hace más de diez años Alfredo Sánchez Monteseirín.
Hasta ahora, el límite de velocidad en el centro era el mismo que en el resto de la ciudad, 50 kilómetros por hora, salvo en aquellas calles en las que hubiera señales que indicaran lo contrario. La medida entró en vigor tras la publicación del decreto en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP). El delegado de Movilidad, Juan Carlos Cabrera, señaló hace un mes que este decreto viene a sumarse a la Ordenanza de Circulación de Sevilla y destacó que se trata de una medida de carácter "permanente y pionero", con la que se garantiza la seguridad vial y la "habitabilidad del tercer casco antiguo más grande de Europa".
El decreto establece la Zona 30 en todo el viario abierto al tráfico del casco antiguo. El Ayuntamiento denomina así al sector que queda dentro del perímetro delimitado por las calles Paseo de las Delicias, Paseo de Colón, Adriano, Pastor y Landero, Reyes Católicos, Julio César, Marqués de Paradas, San Laureano, Torneo, Resolana, Parlamento Andaluz, Muñoz León, Ronda de Capuchinos, María Auxiliadora, Recaredo, Menéndez y Pelayo, avenida del Cid, Palos de la Frontera y avenida de Roma. La Zona 20 será para las calles con plataforma única o las que tengan ya una señalización como tal.
La Ordenanza de Circulación establece en la Zona 30 la prioridad de las bicicletas sobre los vehículos a motor, sin perjuicio de lo establecido en el Reglamento General de Circulación para toda clase de vehículos en cuanto al cumplimiento de las normas de circulación. Igualmente, establece la prioridad para bicicletas y peatones en las Zonas 20.
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