Sevilla prohíbe celebrar cumpleaños y jugar a la pelota en las zonas comunes de las VPO
la medida será aprobada hoy en el consejo de administración
La empresa municipal de vivienda modifica el protocolo de actuación para casos de incumplimientos de las normas de convivencia vecinal
Manipular un suministro o dejar una bicicleta mal aparcada son infracciones graves
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“Utilización de zonas comunes para usos que no le son propios, uso por personas ajenas a la promoción, uso de zonas no transitables, abandono de basuras, utilización de dichas zonas para juegos no permitidos, reuniones no permitidas, celebración de fiestas o reuniones familiares”. O lo que es lo mismo, los niños no pueden celebrar su cumpleaños o jugar a la pelota en los patios de los bloques de Emvisesa. Esta es una de las principales novedades que aparece en la modificación del protocolo de actuación para casos de incumplimientos de las normas de convivencia vecinal y no ocupación de las viviendas arrendadas.
Como consecuencia de los resultados del último diagnóstico de los técnicos, la empresa municipal de vivienda ha encontrado la necesidad de realizar nuevas modificaciones y rectificaciones de su protocolo de convivencia, incorporando nuevas infracciones y especificando mejor muchas de las existentes; incorporando algunas sanciones de mayor efectividad; estableciendo modificaciones en la gestión de los expedientes para hacerlos aún más agiles; y concretando los supuestos en los que trabajará el servicio de mediación, son algunas de las modificaciones que buscan una mayor efectividad de ese protocolo.
En el informe al que ha tenido acceso este periódico se apunta que las actuaciones pueden iniciarse por denuncia de interesado, de las comunidades de arrendatarios, o por actuaciones propias de Emvisesa o del servicio de mediación. “Los hechos que dan lugar a la aplicación de este protocolo han de quedar suficientemente documentados y demostrados, bien por inspecciones de técnicos de Emvisesa, denuncias ante los cuerpos de seguridad del Estado, informes de las comunidades de arrendatarios, o cualquier otro medio probatorio que se considere suficiente”.
Los supuestos que pueden dar lugar a la aplicación de este protocolo y que se incluyen en el modificado de Emvisesa como infracciones leves son la utilización de las zonas comunes para juegos no permitidos, reuniones no permitidas, celebración de fiestas o reuniones familiares; destrozos leves en esas zonas comunes que afecten a elementos estéticos o de adorno y todos aquellos cuyo coste estimado de reparación no supere los 100 euros; y las actividades que supongan una molestia puntual para los vecinos, tales como música alta, ruidos a horas intempestivas o actividades no permitidas por las reglas de convivencia, siempre que se produzcan de forma esporádica o supongan una molestia a un solo vecino.
Entre los supuestos graves se encuentran, por primera vez, las obras que supongan la modificación de los elementos que formen parte fija de la vivienda tales como sanitarios, ventanas, puertas, terrazas o rejas. Asimismo, se incluyen en este supuesto los trabajos efectuados por los inquilinos que afecten a zonas comunes en su propio beneficio; la insalubridad en viviendas, plagas, acumulación de basuras, enseres, chatarra o productos desechables de forma excesiva en la vivienda: o el uso de zonas comunes no habilitadas al efecto para aparcamiento de motocicletas, bicicletas y otros elementos de movilidad.
En los supuestos muy graves se encuentran el subarriendo o cesión de la vivienda. A estos efectos se considerará también cesión o subarriendo los casos “en que, no residiendo el inquilino legal, en la vivienda residan personas que no guarden ningún parentesco con el inquilino hasta el segundo grado de consanguinidad. En los supuestos en que residan dichos familiares, y no el inquilino, se procederá a tramitar el expediente por el protocolo de viviendas vacías”. Además, los técnicos de Emvisesa incluyen la reincidencia en infracciones del protocolo de convivencia cuando la unidad familiar haya pasado por la mediación; no retirar los elementos en fachadas como aparatos de aire acondicionado, cableado, antenas o cualquier otra instalación o zonas comunes no autorizada y que implique peligro para terceros cuando hayan sido sancionados por esta infracción; la acumulación en un mismo inquilino de las infracciones de ilegalización de suministros e impago de cuotas de comunidad, si además mantiene deudas de alquiler y no tiene la consideración de unidad familiar vulnerable; mantener deudas de alquiler si la familia cumple con los requisitos establecidos para solicitar el protocolo de protección a familias con pocos recursos o las ayudas municipales para el pago de deudas de alquiler no las han solicitado o no prestan colaboración para su gestión o solicitud.
Por último, aparece mantener grandes deudas de alquiler. En ese caso se abrirá expediente cuando, habiendo resultado infructuosas todas las gestiones previas (tanto el recobro en vía amistosa como la tramitación de las ayudas municipales disponibles) la jefatura del Servicio de Gestión de Cobros proponga, con el visto bueno del director del área de gestión, la tramitación de expediente de protocolo de convivencia atendiendo a las circunstancias del caso en concreto, y siempre que la deuda de rentas de alquiler supere los 12.000 euros€ o se hayan impagado un total de 24 mensualidades de renta.
Las infracciones leves se sancionarán con el apercibimiento por escrito; la retirada de oficio de los enseres, basuras o elementos acumulados en las zonas comunes con cargo del coste de la retirada de los mismos al infractor; cargo al infractor del coste de reparación de los desperfectos causados en las zonas comunes; y la reposición a su estado original en caso de obras no autorizadas, con cargo al infractor.
Los casos de infracciones graves se sancionarán con cargo al infractor del coste de reparación de los desperfectos causados en las zonas comunes, de la retirada de basuras, saneamiento de la vivienda o zonas comunes en caso de insalubridad o plagas, o de reposición de los elementos del sistema contra incendios; la reposición a su estado original en caso de obras no autorizadas, con cargo al infractor; la denuncia ante la compañía suministradora en caso de enganches ilegales de suministros; la denegación de acuerdos de fraccionamiento y aplazamiento de pagos de rentas impagadas e inmediata reclamación judicial del pago de las mismas; o la obligación de abandono de la vivienda en caso de que los hechos hayan sido cometidos por algún miembro de la unidad familiar o de convivencia del arrendatario legal.
En el supuesto de que no se produzca dicho abandono, la infracción alcanzaría el grado de muy grave y serían sancionados todos los miembros de dicha unidad familiar o de convivencia. Una de las novedades es el cambio obligatorio de la vivienda en los supuestos en que el clima vecinal, según informe de mediación, se encuentre dañado como consecuencia de las actuaciones reiteradas de una familia, aunque las infracciones que hayan cometido sean leves o graves.
Las infracciones muy graves incluyen la resolución del contrato de arrendamiento, con la obligación de entrega de las llaves y la posesión de la vivienda libre de enseres y ocupantes a Emvisesa; en caso de actuaciones realizadas por personas ocupantes de viviendas sin título para ello, ejecución de las actuaciones judiciales pertinentes para el desalojo y recuperación de la posesión de la vivienda; cambio obligatorio de la vivienda en los supuestos en que el clima vecinal, según informe el servicio de mediación, se encuentre dañado como consecuencia de las actuaciones reiteradas de una familia, cuando la infracción tipificada sea reiteración en infracciones graves y/o leves.
En caso de infracciones leves, se remitirá escrito al presunto infractor para que cese en las mismas, sin necesidad de abrir expediente de protocolo de convivencia. Asimismo, se remitirá escrito a la comunidad para que insten al infractor al cese de las actuaciones. En el supuesto de que dichas infracciones, o alguna de ellas, continúen produciéndose, se procederá a la apertura de expediente de convivencia con la calificación de infracción grave por reiteración. Asimismo, se abrirá expediente por infracción grave en el supuesto de que en una misma unidad familiar se produzcan dos o más infracciones leves diferentes en un plazo de seis meses.
Emvisesa llevará a cabo actuaciones preventivas en las comunidades a través de creación de espacios de diálogo para la sensibilización, prevención y detección temprana de la problemática; intervenciones en las comunidades; y el seguimiento de las actuaciones.
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