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Sevilla/El esfuerzo adicional en tiempo de pandemia debe ser retribuido de forma especial en el caso de los altos cargos que asumen funciones de trabajadores ausentes o de baja. La Diputación Provincial propone en el Pleno de hoy importantes subidas de sueldo para premiar a los directores generales que asumen tareas extraordinarias por cubrir ausencias, bajas por enfermedad u otras contingencias. Las subidas salariales serán de hasta el 50% de las estipuladas en las retribuciones complementarias, tal como recoge el texto del acuerdo que se somete a la aprobación del Pleno. El equipo de gobierno que preside Fernando Rodríguez Villalobos considera que estos meses se producen “responsabilidades añadidas al cometido principal” de determinados responsables, por lo que esta situación “ha de conllevar las percepción de unas retribuciones adicionales”.
El acuerdo refiere que los beneficiados será el cuerpo del personal directivo profesional. Esto supone que la subida de sueldo será para los seis directores generales colocados por el presidente, entre los que hay ex consejeros de la Junta de Andalucía. Estos seis altos cargos podrán cobrar más de 100.000 euros al año.
El incremento de las retribuciones complementarias del 50% con el objetivo de compensar el aumento de funciones y responsabilidades derivadas de las consecuencias de esta pandemia será sin duda un motivo de polémica política en el día de hoy.
Según las asignaciones aprobadas en 2015, la cuantía de las retribuciones básicas de un director general es de 16.614,2 euros, a la que se le suman las retribuciones complementarias de 53.185,18 euros, que es a la que se le aplicaría la subida del 50% y que, por lo tanto, supondría un total de 26.592,59 euros más al año.
Los seis cargos elegidos a dedo por el presidente de la Diputación van a pasar de cobrar una retribución anual mínima de 69.800 euros a 96.392,59 euros, aunque todos van a cobrar más de 100.000 euros, puesto que se les debe sumar la antigüedad.
La propuesta argumenta que hay que tener en cuenta las ausencias que genera la pandemia del COVID-19 y lo que esta circunstancia afecta en el “personal directivo profesional”, así como la necesidad de asunción de funciones y responsabilidades de carácter provisional, por circunstancias distintas o conexas con las anteriores, por parte asimismo de dicho personal, lo que conllevaría la ampliación de los cometidos propios con la asunción de los de otras Áreas distintas a las de su competencia en caso de ausencia, vacante o enfermedad –continúa el texto– de los titulares de las mismas, al ser los máximos órganos de responsabilidad, tal como se ha señalado, en cada una de las Áreas funcionales, resulta conveniente establecer una nueva regulación retributiva en el supuesto de incremento de funciones y responsabilidades por alguna de las Direcciones Generales como consecuencia de la ampliación de los cometidos propios de una Dirección General con los de otra área adicional a la propia en casos de ausencia”.
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