El Consorcio de la zona franca no será el titular de los suelos donde se asiente
Las 72 hectáreas de Torrecuéllar quedarán fuera de su patrimonio al seguir ligadas al Puerto, según el borrador de estatutos. La Autoridad Portuaria los cederá en concesión administrativa.
El Consorcio de la futura zona franca de Sevilla que promueve el Ayuntamiento ante el Ministerio de Hacienda ocupará y utilizará terrenos de dominio público cuya titularidad es y seguirá siendo del Puerto sevillano. Así pues, el Consorcio usará estos suelos a través de una concesión administrativa que debe conceder la Autoridad Portuaria de Sevilla, pero no podrá incorporarlos a su patrimonio, según reza el artículo 15 del borrador de estatutos de este proyecto.
Las 72 hectáreas de Torrecuéllar pendientes de urbanizar donde se asentará la zona franca sevillana (si recibe autorización ministerial) son esos terrenos de dominio público de titularidad estatal, adscritos a la Autoridad Portuaria de Sevilla. La legislación establece en estos casos que "sólo puede autorizarse su ocupación a través del procedimiento de concesión/autorización administrativa otorgada por la Autoridad Portuaria".
Según la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, esa concesión supone que la administración titular "confiere a un tercero un derecho de uso privativo y temporal de una porción del dominio público, conservando aquélla en todo caso su titularidad, así como las potestades de policía necesarias para asegurar el cumplimiento de las condiciones de la concesión y la indemnidad del bien concedido".
Respecto a los órganos de gobierno de la zona franca, el alcalde de Sevilla ejercerá la presidencia del Consorcio que supone la representación institucional y legal del mismo. Este hecho sólo será posible si se hace antes de la entrada en vigor de la futura Ley Montoro, cuyo borrador ahora deja fuera de este consorcio al Ayuntamiento de Sevilla hasta 2022 al estar sujeto al plan de ajuste presupuestario.
Se nombrará a un delegado especial del Estado en la zona franca, por decreto del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, con funciones de vicepresidente primero del Consorcio y presidente del comité ejecutivo.
El artículo 14 habla de las incompatibilidades de los miembros del Consorcio. No pueden ser miembros del Pleno "las personas que tuvieran un interés directo en las empresas o grupos de empresas que estén instaladas en la zona franca".
Otros miembros que integrarán el Pleno son tres concejales del gobierno del Ayuntamiento, dos representantes de la Autoridad Portuaria, el jefe regional de aduanas e impuestos especiales de Sevilla o la persona que designe la Agencia estatal tributaria; un representante del Ministerio de Fomento, un técnico en asuntos económicos y comerciales nombrado por el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas; un representante de la Cámara de Comercio; y el secretario con voz y sin voto. El Pleno celebrará reuniones una vez al semestre. El comité ejecutivo se reunirá una vez al mes.
En relación al régimen económico, el Consorcio puede tener a su disposición y administrar una parte del impuesto de sociedades de las empresas establecidas en la zona franca que recibirá de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria. Este recurso financiero se formalizará mediante convenio. También se nutrirá de subvenciones, de importes de infracciones por daños a su patrimonio, de rendimientos obtenidos de sus bienes y derechos, y de rendimientos de actividades, entre otros.
El Consorcio ajustará su actividad a la Ley de Contratos del Sector Público. Puede arrendar y adquirir terrenos, edificios y demás inmuebles necesarios para la ampliación y buen funcionamiento de la zona franca fuera de la zona de servicio del Puerto de Sevilla. La compra puede hacerse mediante expropiación forzosa.
Por lo que respecta al régimen de control interno del Consorcio, se someterá al régimen de control interno establecido para las entidades del sector público. Le corresponde el control financiero y de fiscalización del Tribunal de Cuentas. Y remitirá anualmente la liquidación de su presupuesto y una memoria justificativa de la gestión comercial a cada una de las entidades representadas en el Consorcio. El personal de la zona franca y de sus oficinas se seleccionará mediante convocatoria pública y de acuerdo a los principios de mérito y capacidad. Esta norma no se aplicará a los miembros del Consorcio.
El borrador de los estatutos del Consorcio de la zona franca fue aceptado el pasado 13 de febrero por el presidente de la Autoridad Portuaria de Sevilla, Manuel Fernández, que también dio su conformidad al proyecto de reglamento de régimen interior para la gestión y explotación de la zona franca. Por parte del Ayuntamiento firmó ambos documentos (borradores de estatutos y reglamento interior) el primer teniente de alcalde y delegado de Relaciones Institucionales, Javier Landa.
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