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Condenados a seis meses de prisión por dejar que un caballo y una yegua murieran por inanición

El juez lamenta el "completo abandono" de los animales y reprocha los argumentos de la defensa, que dijo que los caballos están acostumbrados a vivir en el campo y no en un "hotel de cinco estrellas".

Jorge Muñoz

03 de abril 2017 - 15:42

sevilla/El juzgado de lo Penal número 2 de Sevilla ha condenado a dos personas a seis meses de prisión y a 18 meses de inhabilitación especial para el ejercicio de profesión, oficio o comercio relacionado con los animales por un delito de maltrato animal, por haber dejado morir de hambre a un caballo y una yegua que, según la Fiscalía, podrían haber adquirido para un “festival o celebración” y después se desentendieron de ambos animales.

La sentencia recoge como hechos probados que, entre finales de julio y principios de agosto de 2013, el acusado, J. C. D., compró en Los Palacios un caballo y una yegua en buenas condiciones físicas, y trasladó a los animales hasta un solar de Alcalá de Guadaíra que contaba con un espacio habilitado como cuadra, pero que carecía de “cualquier medida higiénico sanitaria y de habitabilidad para el cuidado de animales”.

Según el juez, el procesado, a pesar de ser “consciente de las obligaciones asumidas” en relación con ambos animales, se desentendió de su cuidado, “no proporcionando a los mismo alimento y agua regularmente, provocando un deterioro progresivo y evidente de su integridad física, a pesar de lo cual tampoco los sometió a revisiones veterinarias”.

A mediados de septiembre, tras extraerle el microchip de identificación, vendió la yegua al también acusado R. B. R., que se llevó al animal a un terreno próximo a un cortijo de Alcalá, atándola de una pata e igualmente se “desentendió de su cuidado regular, alimenticio y veterinario, provocando un menoscabo acelerado de su integridad física”.

El 3 de octubre de 2013 la Policía Local de Sevilla halló el caballo abandonado en una zona arbolada próxima al parque acuático Aquopolis, donde lo había dejado J. C. D., presentando el animal un “evidente estado de desnutrición que le impedía incorporarse y signos claros de agonía, permaneciendo en e lugar al no poder ser trasladado en dicho momento”, y comprobando al día siguiente que el animal había muerto debido a su estado.

Posteriormente, se localizó a la yegua, que fue trasladada al Zoosanitario del Ayuntamiento de Sevilla, si bien tenía un estado corporal muy deficiente, “con caquexia muy marcada y evidencias de maltrato y abandono”, lo que provocó que tuviera que ser sacrificada varias semanas después al agravarse la patologías que tenía.

Dice el juez que en este caso concurren “todos y cada uno de los elementos típicos” del delito de maltrato animal, por cuanto de la ley andaluza de Protección de los animales impone entre las obligaciones que corresponden al poseedor de un animal la de “mantenerlo en buenas condiciones higiénico-sanitarias, proporcionarle alojamiento adecuado según la especie y raza, y proteger al animal de las agresiones, situaciones de peligro, incomodidades y molestias que otras personas o animales les puedan ocasionar”.

Uno de los acusados aseguró en fase de instrucción –en el juicio no compareció a pesar de estar debidamente citado- que le robaron el caballo, asegurando que cuando lo tuvo a su cuidado le daba de comer dos veces al día y que no llamó a ningún veterinario porque “el animal no presentaba dolencia alguna”.

El propietario de la yegua dijo que la mantenía atada en el campo “con una cuerda larga para que le permitiera a ésta comer, así como que tenía cerca un riachuelo donde la acercaba también varias veces al día para bebiera”.

Uno de los policías locales declaró que el caballo tenía signos evidentes de desnutrición, que estaba en situación de “agonía” e incluso orinaba sangre y estaba imposibilitado para levantarse, intentando incluso darle agua pero el animal estaba “en las últimas”.

El magistrado argumenta que “no es razonable que un animal que se encuentra en buenas condiciones físicas pase, de la noche a la mañana, a morir de inanición”, por lo que la “situación de abandono y ausencia de alimentación es más que evidente que se produjo y no genera duda alguna”.

La Fiscalía de Sevilla había pedido una condena de nueve meses de prisión por un delito de maltrato de animales domésticos y consideraba que los acusados pudieron adquirir los caballos para cualquier clase de “festival o celebración” y una vez cumplido el objetivo para el que los compraron, “abandonaron a su suerte a los animales sin prestarles la más mínima atención”.

La defensa alegó que el lugar donde habían dejado el caballo sí reúne las condiciones necesarias, debiendo tenerse en cuenta que “los caballos están acostumbrados a estar en el campo, casi salvajes y no en un hotel de cinco estrellas”, recoge la sentencia, en la que el juez señala que “no se trata de exigir que los animales hayan de encontrarse en un lugar lujoso (el hotel de cinco estrellas que alude la defensa) sino higiénico y adecuado para proteger a un animal de los elementos”.

La defensa también dijo que el acusado estaba en el paro y sin medios, pero el juez reprocha que “no puede considerarse lícito el completo abandono como respuesta” a esa situación de incapacidad económica.

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