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El vocal del CGPJ asegura que la sentencia cuenta con un razonamiento amplio

Miguel Carmona dice que los motivos de la absolución de los tres implicados en el caso están bien explicados en la sentencia.

EFE

17 de enero 2012 - 19:31

SEVILLA/El vocal territorial para Andalucía del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) Miguel Carmona ha afirmado hoy que la sentencia de la Audiencia de Sevilla sobre el caso de Marta del Castillo cuenta con "un razonamiento muy amplio" que explica los motivos del fallo.

En declaraciones a los medios de comunicación durante su visita a Almería junto con otros cuatro vocales del CGPJ y el presidente del TSJA, Lorenzo del Río, Carmona ha explicado que una de las quejas que más trasmiten los magistrados y jueces es que a veces "las críticas se hacen por las impresiones que puede haber a la vista del resultado, sin leer la motivación y sin leer los razonamientos por los que se llega a ese resultado".

Carmona ha señalado que "si hay algo que caracteriza todas las decisiones judiciales es que son decisiones explicadas, razonadas" con "mejor o peor fluidez del lenguaje", y ha asegurado que la sentencia en el caso de Marta del Castillo cuenta con "un razonamiento muy amplio" donde se explican los motivos que llevan a dicha sentencia.

Las declaraciones de Carmona, en respuesta a las preguntas de los periodistas, se producen después de que la Comisión Permanente del CGPJ se reuniera ayer de forma extraordinaria para expresar su apoyo al tribunal de la Audiencia de Sevilla que juzgó a los acusados de la muerte de Marta del Castillo ante las críticas recibidas por la sentencia, que absolvió a tres de los implicados.

Este órgano expresó el apoyo a la sección séptima de la Audiencia sevillana, de la que destacó que dictó la sentencia "en pleno ejercicio de la independencia, imparcialidad y neutralidad que caracterizan la labor jurisdiccional, principios que son pilares en un Estado de Derecho".

"La discrepancia y la crítica forman parte esencial de una sociedad democrática, pero éstas no pueden servir de cobertura para valoraciones peyorativas y comentarios que atentan contra la honorabilidad del Tribunal y de la Justicia española y que suponen una extralimitación del derecho a la crítica de las resoluciones judiciales", añadió la Comisión Permanente.

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