El Ayuntamiento limita a las 23:00 los veladores en zonas saturadas de ruido

Los negocios deberán acotar el espacio de sus terrazas a través de tachuelas en el suelo y tendrán que mostrar la licencia en el exterior.

Las infracciones por abuso de los veladores sólo suponen un 6,7%
Las infracciones por abuso de los veladores sólo suponen un 6,7%
N. Roldán

17 de octubre 2012 - 13:10

Los bares deberán acotar el espacio para sus veladores a través de tachuelas. Una medida que obligará a los hosteleros a no excederse del espacio reservado y que está fijado en un máximo de 100 metro cuadrados. Además, los horarios de cierre de las terrazas se modifican, pasando de las 2:00 horas a las 1:00 en general y a las 23:00 en las Zonas Acústicamente Saturadas de ruido. Un horario este último que cuenta con las excepciones de Semana Santa, Feria y festivos y previas de festivos y ha sido consensuado con los hosteleros, según ha informado el Ayuntamiento.

El gobierno municipal ha presentado una nueva ordenanza de terrazas y veladores que sustituye a la de noviembre de 2009 y que ha sido creada como consecuencia de los cambios que se han producido en el desarrollo de esta actividad.

"La ley antitabaco obligó a utilizar la vía pública y esto ha producido un exceso de ocupación en la misma", ha afirmado el concejal de Urbanismo, Maximiliano Vílchez, en rueda de prensa.

Así, Vílchez ha explicado que la implantación de las terrazas se va a fijar por superficie máxima de 100 metros cuadrados y estará delimitada por tachuelas que los propios hosteleros tendrán que pagar. Otra de las novedades de está nueva ordenanza, es que la licencia tiene que estar expuesta en el exterior del establecimiento. Además, tendrá que haber un espacio mínimo entre la fachada y el velador de un metro y medio aproximadamente.

Por otro lado, los hoteles podrán optar a estos veladores siempre y cuando tengan un servicio de restauración que se acceda desde la calle.

El concejal ha señalado que los elementos de las terrazas también están regulados en esta ordenanza. "Los calefactores, pulverizadores, elementos de sombra permanentes, jardineras y separadores estarán permitidos en los veladores siempre y cuando cumplan unas determinadas condiciones", ha señalado el delegado. Entre ellas, se encuentra la de los elementos de sombra permanentes, que serán admisibles siempre que sean desmontables y no tengan cortinaje laterales y la de los pulverizadores, que se podrán usar mientras estén homologados por el servicio de salud.

Las sanciones para esta nueva ordenanza, según el delegado de urbanismo, "no han cambiado de las anteriores salvo en los casos de tres infracciones graves y dos muy graves en los que se puede llegar a la retirada de la licencia". En los casos de las faltas leves, las multas van de los 600 hasta los 2.999 euros y en las faltas graves y muy graves ascenderán de los 3.000 a los 120.000 euros. Esta última norma, "no ha obtenido el consenso de los hosteleros, pero el gobierno municipal ha decidido tomar esta medida por creerla necesaria", ha señalado Vílchez.

Por último, se ha creado una sede electrónica, un buzón de colaboración ciudadana, para que se puedan presentar denuncias telemáticas, relativas a usos de veladores y ocupaciones de terrazas. "Todas estas denuncias deberán ser investigadas y tramitadas por la Gerencia de Urbanismo", ha destacado el delegado.

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