El Ayuntamiento de Sevilla responde que el límite de ruidos lo marca la norma autonómica
El uso de electrodomésticos por la noche y la ordenanza de ruidos
Aclara que sólo se interviene en una vivienda en caso de que haya una denuncia por incumplimiento de este límite de la normativa andaluza
El gobierno municipal de Juan Espadas ha aclarado, ante las afirmaciones realizadas por el grupo político Ciudadanos, que las limitaciones de decibelios en el ruido en viviendas por las noches están reguladas por el decreto 6/2012 de Protección contra la contaminación acústica en Andalucía actualizado el pasado año 2020. Y señala que la ordenanza municipal, en este sentido, se limita a incorporar al marco normativo local, las determinaciones autonómicas.
El gobierno afirma que la ordenanza municipal de ruidos, que fue aprobada por el Pleno en 2014, "no establece ninguna limitación adicional en cuanto al uso de electrodomésticos por las noches y simplemente alude a que tanto los electrodomésticos como las televisiones o los equipos de música se empleen sin causar molestias a los vecinos. Asimismo, recoge que no se deben producir ruidos que molesten a vecinos y vecinas con carácter general a partir de las 23.00 horas".
Según el Ayuntamiento, "el reglamento autonómico establece que esa molestia se produce si en un dormitorio se superan los 30-35db límite a partir de las 23.00 y ese es el criterio que está vigente en cualquier normativa municipal autonómica".
"Por tanto, no hay ninguna limitación municipal que condicione el uso de electrodomésticos por las noches y simplemente se aplica en la ciudad, y en caso de denuncia los criterios que marca el Reglamento de la Junta de Andalucía. La ordenanza municipal no puede en ningún caso fijar un criterio en relación con la contaminación acústica en un dormitorio inferior o superior al que establece la normativa autonómica".
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