Sevilla estudia más medidas para proteger a los vecinos de las gasolineras
Regulación de las estaciones de servicio en sevilla
Adelante Sevilla retrasa la aprobación al entender que la distancia de 50 metros “no es suficiente”
El Ayuntamiento ha frenado la aprobación de la solución legal para que no se pueda instalar ninguna gasolinera ni punto de suministro a menos de 50 metros de edificaciones existentes o de parcelas previstas en el planeamiento para usos de residentes o dotacionales. El motivo ha sido una petición de Adelante Sevilla para retirarlo del orden del día de la sesión plenaria al entender que esa distancia no es suficiente y se puede lograr una mayor protección para los vecinos.
“Podemos conseguir una mayor protección para la ciudadanía”, apuntó Susana Serrano durante su intervención en la sesión plenaria. La intención ahora del gobierno socialista es esperar un poco y revisar la normativa para lograr ser más estrictos no sólo con la distancia, sino con las zonas en la que se pueden instalar las estaciones de servicio en la ciudad. No se descartan novedades desde el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.
El Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) establece esa distancia de seguridad de 50 metros en parcelas calificadas como estaciones de servicios y en concesiones de puntos de servicio. Sin embargo, de acuerdo con la normativa se habilitaba la posibilidad de poner puntos de suministro asociados a otros proyectos. Esto permitía que los establecimientos comerciales individuales o agrupados, centros comerciales, establecimientos de inspección técnica de vehículos o zonas o polígonos industriales podrían incorporar entre sus equipamientos instalaciones para suministro de productos petrolíferos a vehículos. En este caso, no se establecía una distancia mínima.
La modificación del PGOU que ha sido frenada a última hora encontró una fórmula legal para ampliar la protección de los vecinos. Incluso en esos supuestos no puede estar la gasolinera a menos de 50 metros de un edificio residencial o de un equipamiento. El párrafo que se iba a modificar queda de la siguiente forma: “Sin perjuicio de lo anterior, los establecimientos comerciales individuales o agrupados, centros comerciales, establecimientos de inspección técnica de vehículos o zonas o polígonos industriales podrán incorporar entre sus equipamientos, al menos, una instalación para suministro de productos petrolíferos a vehículos. En ningún caso dicha instalación podrá tener acceso directo desde los viarios públicos, ni ser objeto de segregación de la parcela a la que se vincula. En todo caso, se establece una distancia mínima de cincuenta (50) metros a las edificaciones existentes o parcelas previstas en el planeamiento de uso residencial o dotaciones”.
Además, con esa modificación del plan general se buscaba cumplir con una sentencia del consejo de unidad de mercado tras una denuncia contra la normativa municipal de Sevilla. Ésta establecía un máximo de dos puntos de suministro en cada uno de estos proyectos asociados a otros usos. Esa limitación se anulaba al prohibir la ley que haya un máximo. No obstante, no podían estar a menos de 50 metros de un edificio residencial o equipamiento.
Esta medida busca resolver un conflicto que se estaba produciendo en distintos barrios de la ciudad en los últimos años y evita conflictos futuros que puedan surgir como los planteados en zonas como Pino Montano o Manuel Siurot.
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