Arboricidio junto al puente de la Delicias
Parques y Jardines
Urbanismo multa con 25.000 euros a una mobiliaria madrileña por la tala de nueve árboles sin licencia
Una multa abultada a la inmobiliaria madrileña dueña del edificio Parque de Aguas. La Gerencia de Urbanismo ha impuesto una sanción de casi 25.000 euros a la empresa Simayka por la tala de nueve árboles sin licencia que estaban en el inmueble ubicado en la confluencia de Cardenal Bueno Monreal y Las Razas que fue comprado al Puerto por 1,6 millones (IVA no incluido) hace casi cinco años.
Los técnicos detallan que en el edificio se está realizando una actuación urbanística por la que Simayka presentó en la sede de Urbanismo una declaración responsable para la tala de una serie de árboles en un espacio libre de la parcela. Posteriormente, la empresa entregó un segundo documento técnico visado en el que se indicaba que la reposición de esos árboles estaba contemplada en un futuro proyecto donde se integrarán zonas verdes y plantarán nuevas especies para compensar ese apeo.
Dentro de las actuaciones de control posterior, el servicio de Parques y Jardines realizó una inspección e informe en cuya resolución señala que en la documentación presentada por la inmobiliaria no está justificada la tala por motivos de riesgo. Añade que, aunque con el informe se solicita el apeo, previamente se han talado ya algunos ejemplares sin el correspondiente permiso.
En este sentido, la Gerencia concluye que se ha realizado una actuación urbanística sin la correspondiente autorización (la eliminación de árboles definidos en el solar), lo que supone una infracción urbanística grave. Tras valorar Parques y Jardines los ejemplares apeados en 19.942 euros, Urbanismo ha impuesto una sanción de 24.928 euros, equivalente al 125% del valor de los nueve árboles apeados.
En el expediente se especifica respecto a la documentación técnica presentada, que la tala no se ajusta a la normativa urbanística conforme a lo establecido en el artículo 38.1 de la Ordenanza Reguladora de Obras y Actividades (OROA) al no contemplar la reposición de la masa arbórea que se apea. “Si bien en el escrito presentado se remite a la reposición de la misma a un futuro proyecto, no se considera que se haya dado cumplimiento al PGOU, ya que para Parques y Jardines no está justificada la tala por motivos de riesgo”.
Las medidas necesarias para el restablecimiento de la legalidad urbanística requeridas son la inmediata paralización de las actuaciones de apeo; y que se adopten las medidas oportunas para los árboles que siguen en pie a efectos de asegurar su mantenimiento en las adecuadas condiciones de seguridad y salubridad.
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